Instrumentos. Convenio Básico de Funcionamiento entre el Gobierno de la República del Ecuador y la Organización No Gubernamental Extranjera 'Johanniter- Unfall-Hilfe e.V. (JUH)

Número de Boletín561
SecciónInstrumentos
EmisorSecretaría Técnica de Cooperación Internacional
Fecha de la disposición24 de Julio de 2015

SECRETARÍA TÉCNICA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

CONVENIO BÁSICO DE FUNCIONAMIENTO

ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA

DEL ECUADOR Y LA ORGANIZACIÓN

NO GUBERNAMENTAL EXTRANJERA

"JOHANNITER-UNFALL-HILFE e.V. (JUH)"

La SECRETARÍA TÉCNICA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL, a nombre y en representación del Gobierno de la República del Ecuador, debidamente representada por la economista Gabriela Rosero Moncayo, Secretaria Técnica de Cooperación Internacional, parte a la que en adelante y para los efectos derivados del presente documento se denominará únicamente como "SETECI"; y,"JOHANNITER-UNFALL-HILFE e.V. (JUH)", Organización No Gubernamental extranjera, persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro, constituida al amparo de la legislación Alemana, debidamente representada porel señor Christian Biederbick, Apoderado y representante legal de la Organización en el Ecuador, de conformidad con el Instrumento conferido a su favor, el cual se agrega al presente Convenio, parte a la que en adelante y para los efectos derivados del presente Convenio se denominará únicamente como la "ORGANIZACIÓN", quienes acuerdan en celebrar el presente Convenio Básico de Funcionamiento, que se otorga al tenor de las siguientes cláusulas y constituye ley para las Partes.

ARTÍCULO 1

DE LOS ANTECEDENTES

Mediante Decreto Ejecutivo Nro. 699 de 30 de octubre de 2007, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 206, de 07 de noviembre de 2007, se crea la Agencia Ecuatoriana de Cooperación Internacional (AGECI), como una entidad pública desconcentrada, con gestión técnica, administrativa y financiera propias, adscrita a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES), encargada de la implementación de estrategias generales de cooperación internacional, las políticas y reglamentos de gestión; y, el desarrollo y aplicación de los instrumentos de gestión del Sistema Ecuatoriano de Cooperación Internacional.

Con Decreto Ejecutivo Nro. 429 de 15 de julio de 2010, publicado en el Registro Oficial Nro. 246, de 29 de julio de 2010, entre otros aspectos, se cambia la denominación de Agencia Ecuatoriana de Cooperación Internacional (AGECI), por la de Secretaría Técnica de Cooperación Internacional (SETECI).

A través de Decreto Ejecutivo Nro. 812 de 05 de julio de 2011, publicado en el Registro Oficial Nro. 495, de 20 de julio de 2011, se reforma el Sistema de Cooperación Internacional y se dispone que la Secretaría Técnica de Cooperación Internacional sea una entidad adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, actualmente Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Mediante Decreto Ejecutivo Nro. 16 de 04 de junio de 2013, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 19 de 20 de junio de 2013,se expide el Reglamento para el Funcionamiento del Sistema Unificadode Información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas, estableciéndose en la sección VII, las competencias, facultades y atribuciones de la Secretaría Técnica de Cooperación Internacional, para suscribir Convenios Básicos de Funcionamiento, notificar la autorización del inicio de funcionamiento y actividades en el país; efectuar el control y seguimiento de las labores de las ONG’S extranjeras; y, previo el estudio del caso y resolución motivada, dar por terminadas las actividades de la ONG en el Ecuador.

De conformidad al Informe Técnico Nro. 096 de 19 de mayo de 2015, y Dictamen Jurídico Nro. 015/ SETECI/2015 de 04 de junio de 2015, la Organización ha cumplido con la presentación de todos los requisitos y los procedimientos determinados en los artículos 31 y siguientes del Reglamento para el Funcionamiento del Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas, expedido mediante Decreto Ejecutivo Nro. 16 publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 19 de 20 de junio de 2013.

A través de Resolución Nro. 044/SETECI/2015, de 18 de junio de 2015, se decide la suscripción del Convenio Básico de Funcionamiento con la ONG extranjera "JOHANNITER-UNFALL-HILFE e.V. (JUH)".

ARTÍCULO 2

DEL OBJETO DE LA ORGANIZACIÓN

De conformidad a sus Estatutos, la Organización tiene como fines:

Promoción del salvamiento en situaciones de peligro para la vida;

Promoción de la protección contra las catástrofes y de la defensa civil;

Promoción de los sistemas de bienestar social;

Promoción de la ayuda a la juventud y tercera edad;

Promoción de la sanidad Pública y del cuidado público de la salud;

Promoción de la educación, de la formación popular y profesional;

Promoción de la ayuda al desarrollo;

Promoción del compromiso ciudadano en favor de fines de utilidad públicos, caritativos y eclesiásticos.

En tal virtud, se compromete a desarrollar sus objetivos mediante programas de cooperación técnica y económica no reembolsable, de conformidad con las necesidades de los diferentes sectores a los que atiende, en el marco de las prioridades de las políticas de desarrollo del Estado ecuatoriano.

ARTÍCULO 3

DE LOS PROGRAMAS, PROYECTOS Y

ACTIVIDADES DE LA ORGANIZACIÓN

La Organización podrá desarrollar sus programas, proyectos y actividades de cooperación con la participación de entidades del sector público y/o privado, con finalidad social o pública que necesiten cooperación técnica no reembolsable y/o asistencia económica, en las siguientes áreas:

Desarrollo de infraestructura para el acceso a servicios básicos de saneamiento y agua.

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