Convenio Básico de Funcionamiento entre el Gobierno de la República del Ecuador y la Organización No Gubernamental Extranjera 'Red Latinoamericana de Organizaciones No Gubernamentales de personas con discapacidad y sus familias - RIADIS'

Número de Boletín798
SecciónInstrumentos
EmisorSecretaría Técnica de Cooperación Internacional
Fecha de la disposición16 de Junio de 2016

CONVENIO BÁSICO DE FUNCIONAMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Y LA ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL EXTRANJERA "RED LATINOAMERICANA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SUS FAMILIAS - RIADIS"

La SECRETARÍA TÉCNICA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL, a nombre y en representación del Gobierno de la República del Ecuador, debidamente representada por el economista Iván Martínez Dobronsky, Secretario Técnico de Cooperación Internacional, Encargado, parte a la que en adelante y para los efectos derivados del presente documento se denominará únicamente como "SETECI" y "RED LATINOAMERICANA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SUS FAMILIAS - RIADIS" Organización No Gubernamental extranjera, persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro, constituida al amparo de la legislación brasileña, debidamente representada por la señora Ana Lucía Arellano Barba, Presidenta de la Organización en el Ecuador de conformidad con el Nombramiento conferido a su favor, el cual se agrega al presente Convenio, parte a la que en adelante y para los efectos derivados del presente Convenio se denominará únicamente como la "ORGANIZACIÓN", quienes acuerdan en celebrar el presente Convenio Básico de Funcionamiento, que se otorga al tenor de las siguientes cláusulas y constituye ley para las partes.

ARTÍCULO 1

DE LOS ANTECEDENTES

1.1 Mediante Decreto Ejecutivo Nro. 699 de 30 de octubre de 2007, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 206 de 07 de noviembre de 2007, se crea la Agencia Ecuatoriana de Cooperación Internacional (AGECI) como una entidad pública desconcentrada, con gestión técnica, administrativa y financiera propias, adscrita a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES) encargada de la implementación de estrategias generales de cooperación internacional, las políticas y reglamentos de gestión y el desarrollo y aplicación de los instrumentos de gestión del Sistema Ecuatoriano de Cooperación Internacional.

1.2 Con Decreto Ejecutivo Nro. 429 de 15 de julio de 2010 publicado en el Registro Oficial Nro. 246 de 29 de julio de 2010, entre otros aspectos, se cambia la denominación de Agencia Ecuatoriana de Cooperación Internacional (AGECI) por la de Secretaría Técnica de Cooperación Internacional (SETECI).

1.3 A través de Decreto Ejecutivo Nro. 812 de 05 de julio de 2011 publicado en el Registro Oficial Nro. 495 de 20 de julio de 2011, se reforma el Sistema de Cooperación Internacional y se dispone que la Secretaría Técnica de Cooperación Internacional sea una entidad adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración hoy Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

1.4 Mediante Decreto Ejecutivo Nro. 16 de 04 de junio de 2013 publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 19 de 20 de junio de 2013, se expide el Reglamento para el Funcionamiento del Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas, estableciéndose en la Sección VII, las competencias, facultades y atribuciones de la Secretaría Técnica de Cooperación Internacional, para suscribir Convenios Básicos de Funcionamiento, notificar la autorización del inicio de funcionamiento y actividades en el país; efectuar el control y seguimiento de las labores de las ONG extranjeras y previo el estudio del caso y resolución motivada, dar por terminadas las actividades de la ONG en el Ecuador.

1.5 Con Decreto Ejecutivo Nro. 739 de 03 de agosto de 2015 publicado en el Registro Oficial Nro. 570 de 21 de agosto de 2015, se expide la Codificación y Reformas al referido Reglamento y se ratifican en el capítulo VII las funciones de la Secretaría Técnica de Cooperación Internacional, estableciéndose además la obligación de registrar a las ONG extranjeras cuyas actividades han sido autorizadas a través del Convenio Básico de Funcionamiento, en el Sistemas Unificado de Información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas - SUIOS.

1.6 De conformidad al Informe Técnico Nro. 120 de 15 de febrero de 2016 y al Dictamen Jurídico Nro. 005/SETECI/2016 de 25 de febrero de 2016, la Organización ha cumplido con la presentación de todos los requisitos y los procedimientos determinados en el artículo 27 y siguientes del Reglamento para el Funcionamiento del Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas, expedido mediante Decreto Ejecutivo Nro. 739 de 03 de agosto de 2015 publicado en el Registro Oficial Nro. 570 de 21 de agosto de 2015.

1.7 A través de Resolución Nro. 023/SETECI/2016 de 02 de marzo de 2016, se decide la suscripción del Convenio Básico de Funcionamiento con la ONG extranjera "RED LATINOAMERICANA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SUS FAMILIAS - RIADIS".

1.8 Con acción de personal Nro. 01785 de 19 de abril de 2016, que rige a partir del 20 de abril del 2016, el Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, designa al Secretario Técnico de Cooperación Internacional, Encargado.

ARTÍCULO 2

DEL OBJETO DE LA ORGANIZACIÓN

De conformidad a sus Estatutos, los objetivos de la Organización son:

- Promover, proteger y defender los derechos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad y sus familias, en función de lograr su pleno ejercicio, goce y disfrute.

- Luchar contra cualquier forma de discriminación que afecte a las personas con discapacidad y a cualquier otro grupo de personas.

- Luchar por erradicar la pobreza e impulsar sus acciones hacia el desarrollo inclusivo, sustentable y el mejoramiento sostenido de la calidad de vida de las personas con discapacidad y sus familias.

- Promover la organización, el fortalecimiento y la unidad de movimientos asociativos de cada país de América Latina y el Caribe y su conformación lo más amplia, representativa y participativa posible, de acuerdo con los principios de la Convención Internacional sobre Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo (ONU, diciembre 2006).

- Fomentar y participar en alianzas nacionales, regionales e internacionales de organizaciones de personas con discapacidad, a fin de fortalecer el trabajo propio como el común y unitario.

- Impulsar alianzas con otros sectores del movimiento social de los países, de la región e internacional, a fin de concitar su apoyo a la causa de los derechos de las personas con discapacidad, así como para apoyarles en sus propias luchas.

- Alentar, promover y apoyar procesos de liderazgo, con especial...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR