Acuerdos 000211. Acuerdo 211 - Dispónese atribuciones a las coordinaciones zonales y direcciones distritales

Número de Boletín6
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Inclusión Económica y Social
Fecha de la disposición12 de Abril de 2013

Doris Solíz Carrión

MINISTRA DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y

SOCIAL

Considerando:

Que, el artículo 35 de la Constitución de la República establece que las personas adultas mayores, niños, niñas y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de la libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad;

Que, el artículo 275 de la Constitución de la República consagra que el régimen de desarrollo debe garantizar la realización del buen...

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