Cantón Coronel Marcelino Maridueña: Que reforma a la Ordenanza que establece el pago de remuneraciones al Ejecutivo, a las concejalas y a los concejales

Número de Boletín100-Tercer Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición30 de Abril de 2013

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÒN CRNEL. MARCELINO MARIDUEÑA

Considerando:

Que, en el Suplemento del Registro Oficial Nº 303 del 19 de Octubre del 2011, se publicó el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD, que establece la organización políticoadministrativo del Estado ecuatoriano en el territorio; el régimen de los diferentes niveles de gobiernos autónomos descentralizados y los regímenes especiales, con el fin de garantizar su autonomía política, administrativa y financiera.

Que, el Art. 57 literal a) del COOTAD establece como atribuciones del Concejo Municipal el ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencias del gobierno autónomo descentralizado municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones.

Que, en el Registro Oficial Nº 594 del 12 de Diciembre del 2011, se publicó la Ordenanza que establece el pago de remuneraciones al Ejecutivo, a las concejalas y concejales.

En uso de las atribuciones que le concede el Código Orgánico de Organización Territorial y Descentralización.

Expide:

LA REFORMA A LA ORDENANZA QUE

ESTABLECE EL PAGO DE REMUNERACIONES

AL EJECUTIVO, A LAS CANCEJALAS Y A LOS CONCEJALES DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE CRNE.

MARCELINO MARIDUEÑA

Art. 1 Refórmese el Art. 3 por el siguiente: De la jornada de trabajo y control.- Para efecto del pago de remuneraciones mensuales a los señores concejales y concejalas del GAD

Municipal de Crnel. Marcelino Maridueña se considerará a más de la asistencia obligatoria a las sesiones, la jornada laboral de cuatro horas diarias de lunes a viernes; cuyo control será tomado por medio del reloj biométrico.

Art. 2 Derogatoria.- Queda derogado el Art. 3 de la Ordenanza en referencia, publicada en el Registro oficial Nº. 594 del 12 de Diciembre del 2011.
Art. 3 Vigencia.- La presente ordenanza reformatoria,...

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