Resoluciones. COSEDE-DIR-2018-006 Apruébense los estados fi nancieros auditados del Fideicomiso del Fondo de Liquidez de las Entidades del Sector Financiero Privado, conjuntamente con el informe de gestión

Número de Boletín317
SecciónResoluciones
EmisorCorporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados - COSEDE
Viernes 31 de agosto de 2018 – 33Registro Of‌i cial Nº 317
contempladas en el Número 11.2.6 del Estatuto Orgánico
de Gestión Organizacional por procesos de la ARCH, las
siguientes funciones:
a. Suscribir dentro del ámbito de su jurisdicción, la
Resolución motivada de autorización de factibilidad
para la implantación de nuevos depósitos de
distribución de GLP, centros de acopio de GLP y
de centros de distribución de combustibles líquidos
derivados de los hidrocarburos de acuerdo al
procedimiento y disposiciones aprobadas por el
Directorio de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero;
b. Suscribir dentro del ámbito de su jurisdicción, la
Resolución de autorización y registro a centros de
acopio, depósitos de distribución de GLP, así como
sus medios de transporte en autotanques y vehículos
de distribución;
c. Autorizar la distribución de derivados de hidrocarburos
que se comercializan a través del catastro industrial;
d. Suscribir dentro del ámbito de su jurisdicción
documentos de suspensión o extinción de centros de
acopio GLP en cilindros, depósitos de distribución de
GLP y medios de transporte, esto es barcazas, buque
tanques, auto tanques para transportar derivados de
petróleo sus mezclas con biocombustibles, GLP al
granel, gas natural, y vehículos de distribución de GLP
en cilindros;
e. Emitir certif‌i caciones sobre afectaciones al derecho de
vía de acuerdo a la normativa aplicable;
f. Regular el control y la emisión de las autorizaciones de
intervención al Derecho de Vía (DdV), de los ductos
que transportan hidrocarburos a nivel nacional…”;
g. Disponer y solicitar, dentro del ámbito de su
jurisdicción, a las empresas públicas o privadas;
nacionales o extranjeras, encargadas de la operación
de los ductos que transportan hidrocarburos a nivel
nacional, la elaboración y remisión de un informe
técnico, en base a la normativa técnica y legal, que
determine la viabilidad o no para el otorgamiento de
la autorización de intervención del derecho de vía
(DdV);
h. Disponer dentro del ámbito de su jurisdicción, a las
empresas públicas o privadas; nacionales o extranjeras
encargadas de la operación de los ductos de transporte
de hidrocarburos a nivel nacional, la ejecución de las
acciones técnicas necesarias, a f‌i n de que se cumpla
el marco legal y los documentos técnicos normativos
emitidos para la industria hidrocarburífera;
i. Suscribir of‌i cios y/o comunicaciones que deban
elaborarse para solicitar información o documentación
complementaria, a f‌i n de agilizar los trámites de
aprobación de solicitudes.
Art. 2.- El Ing. Juan Manuel Rodríguez Camacho,
responderá administrativamente ante el Director Ejecuti-
vo, de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero,
civil y penalmente ante las autoridades competentes por
los actos realizados en ejercicio de la presente delegación.
Art. 3.- El Ing. Juan Manuel Rodríguez Camacho, emitirá
un informe ejecutivo por escrito cuando el Director
Ejecutivo, de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero así lo requiera, de las acciones tomadas
en ejercicio de la presente delegación.
Art. 4.- En el contenido de los documentos a los que se
ref‌i ere el artículo 1 de la presente Resolución, deberá
hacerse constar el siguiente texto:
“Suscribo el presente (Tipo de documento) en virtud de la
Delegación otorgada mediante Resolución (Señalar No. y
fecha de la delegación), por la Ing. Raúl Darío Baldeón
López, en su calidad de Director Ejecutivo, de la Agencia
de Regulación y Control Hidrocarburífero.”
Art. 5.- La presente Resolución quedará extinguida ipso
jure al retornar el titular de la Dirección Regional de
Control de Hidrocarburos y Combustibles Loja.
Art. 6.- La presente Resolución entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 2 de julio de
2018.
f.) Ing. Raúl Darío Baldeón López, Director Ejecutivo,
Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero,
ARCH.
No. COSEDE-DIR-2018-006
EL DIRECTORIO DE LA CORPORACIÓN DEL
SEGURO DE DEPÓSITOS FONDO DE LIQUIDEZ
Y FONDO DE SEGUROS PRIVADOS
Considerando:
Que el artículo 79 del Código Orgánico Monetario y
Financiero establece que la Corporación del Seguro
de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros
Privados es una persona jurídica de derecho público, no
f‌i nanciera, con autonomía administrativa y operativa;
Que el numeral 2 del artículo 80 del referido cuerpo
legal establece como una de las funciones de la COSEDE
administrar el Fondo de Liquidez de los sectores f‌i nanciero
privado y del popular y solidario y los aportes que lo
constituyen;
ertif‌i c
acuerd
control
al Derecho de Vía (DdV),
n hidrocarburos a nivel
citar, dent
emp
on bi
aciones sobre afecta
o a la normativa a
ol y la emisión de las
Derecho de Vía (DdV), de los du
rocarburos a nivel nacional…”;
ctaciones
a aplicable;
y la emisión de
para t
as con
al, y v
ca
do
rol y la emisión de las autorizacio
recho de Vía (DdV), de lo
ón
dere
e GLP
al
P
A
part
el R
cho d
e
D
COM
g
OMUN
ist
NÍQ
u su
tro O
prese
suscripc
cial
ente R
ro
eso
s y Co
n
de la D
mb
uedará
irec
f
á ex
de
tos
f.) I
o e
18.
n Qui
UES
to
E Y PU
UB
n perj
ción
uicio
o de
carburíf
dentr
de auto
sitos de distribución de G
transporte e
ón
ción de
hidrocarbu
y disposiciones
la Agencia de Re
ero;
ro del ámbito de su jur
torización y re
au
de distribución de GLP, así c
orte en autotanques y vehícul
ap
Regulac
o del ámbito de su
de
centro
tribuci
los
y
e l
fe
ntro del ámbito de su jurisdic
autorización y registro a cen
distribución de GL
cuer
das po
n y Co
do al
or el
os
A
un
nt
ón l
l
Hid
en ej
ecuti
drocar
or
vo,
bu
In
rme
de
ng. Jua
jecut
en
an Ma
n ej
las au
ercicio
a
ón y Co
utorid
nte e
ntrol H
odrígu
Dire
de
o
hace
rt. 4.-
re el
io
En e
ero
o de la
así lo
prese
o po
Agencia
req
el Ro
or esc
ad
odrígue
rito
e
carbu
nes técn
o legal
para la
cios y/o comunicacione
solicitar inform
a f‌i n de ag
tudes.
ámbito de
s o privadas; nac
a operación de los d
ros a nivel nacional
icas necesarias, a
l y los documentos técnico
a industria hidrocarburíf
y/o comunicaciones que de
r información o documentació
ltá
duct
al, la eje
a f‌i n de qu
mentos técnico
ndustria hidrocarb
del ám
cas o
la
uro
ni
al y los documentos técnicos n
la industria hidrocarburífera;
comunicacion
o extr
de transp
ución d
a la
njeras
porte
as
de l
cumpla
mativos
s
a
F
Que
Fina
el
OND
EPÓ
O DE
D
SIT
S
E LA
TOS
IR
CO
2018-0
00
f‌i na
Dep
vados
cie
ero
ósitos
culo
estab
F
79 de
ec
Consi
l
idera
URO

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR