Resoluciones. COSEDE-DIR-2021-015 Dispónese la selección de firmas para que realicen la auditoría por el ejercicio económico 2021, del Fideicomiso del Seguro de Depósitos de las entidades del Sector Financiero Privado; del Fideicomiso del Seguro de Depósitos de las entidades del Sector Financiero Popular y Solidario y del Fideicomiso del Fondo del Seguro de Seguros Privados

Número de Boletín470
SecciónResoluciones
EmisorCorporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados - COSEDE
Registro Ocial Nº 470
18
Jueves 10 de junio de 2021
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RESOLUCIÓN No. COSEDE-DIR-2021-015
EL DIRECTORIO DE LA CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS FONDO
DE LIQUIDEZ Y FONDO DE SEGUROS PRIVADOS
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 del Código Orgánico Monetario y Financiero establece que la
Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros
Privados es una persona jurídica de derecho público, no financiera, con autonomía
administrativa y operativa;
Que, el artículo 80 del Código Orgánico Monetario y Financiero determina que
forman parte de las funciones atribuidas a la COSEDE: administrar el Seguro de
Depósitos de los Sectores Financieros Privado y Popular y Solidario y los recursos
que lo constituyen; y, administrar el Fondo de Seguros Privados y los recursos que
lo constituyen;
Que, los numerales 1 y 5 del artículo 85 del Código Orgánico Monetario y
Financiero define como parte de las funciones del Directorio de la COSEDE, la de
Ejecutar las políticas definidas por la Junta de Política y Regulación Monetaria y
Financiera para el Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguro
Privados; y, seleccionar a la firma de auditoría externa;
Que, el artículo 344 del Código Orgánico Monetario y Financiero prevé que estarán
protegidos por la cobertura del Fondo de Seguros Privados que se determina en el
COMF, los asegurados del sector público y privado que tengan pólizas vigentes, con
la totalidad de la prima cancelada, en las empresas del Sistema de Seguros
Privados;
Que, el artículo 351 del Código Orgánico Monetario y Financiero determina que el
Fondo de Seguros Privados estará sujeto a la verificación anual de una auditoría
externa calificada por el órgano de control, quien podrá en cualquier momento
verificar los informes que le sean presentados;
Que, el subnumeral 5 del literal a, del numeral 10 del Manual Operativo del
Fideicomiso del Seguro de Depósitos del Sector Financiero Privado y del Sector
Financiero Popular y Solidario, prevé que el Administrador Fiduciario deberá
remitir, anualmente, al Directorio de la COSEDE los estados financieros auditados
y el informe de auditoría externa respectivo;
Que, el subnumeral 6 del literal a, del numeral 9 del Manual Operativo del
Fideicomiso de Fondo de Seguros Privados, prevé que el Administrador Fiduciario
deberá remitir, anualmente, al Directorio de la COSEDE los estados financieros
auditados y el informe de auditoría externa respectivo;

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