Resoluciones. COSEDE-GG-055-2018 Apruébese la metodología para la determinación del saldo mínimo a aplicarse a los fi deicomisos del Fondo de Liquidez de los Sectores Financieros Privado y Popular y Solidario

Número de Boletín329
SecciónResoluciones
EmisorCorporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados - COSEDE
36 – Martes 18 de septiembre de 2018 Registro Of‌i cial Nº 329
No. COSEDE-GG-055-2018
LA GERENCIA GENERAL DE LA CORPORACIÓN
DEL SEGURO DE DEPÓSITOS, FONDO DE
LIQUIDEZ Y FONDO DE SEGUROS PRIVADOS
Considerando:
Que el artículo 79 del Código Orgánico Monetario y
Financiero establece que la Corporación de Seguro
de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros
Privados COSEDE, es una persona jurídica de derecho
público, no f‌i nanciera con autonomía administrativa y
operativa;
Que el numeral 2 del artículo 80 del código ut supra
establece como funciones de la COSEDE administrar el
Fondo de Liquidez de los sectores f‌i nanciero privado y del
popular y solidario y los aportes que lo constituyen;
Que el numeral 3 del artículo 91 del código en referencia
establece como una de las funciones del Gerente General
de la COSEDE, ejecutar las políticas dispuestas por la
Junta de la Política Monetaria y Financiera y su Directorio;
Que el artículo 333 del código antes referido determina
que el Fondo de Liquidez actuará como prestamista de
última instancia y que otorgará préstamos de liquidez a
entidades f‌i nancieras que mantengan niveles mínimos de
patrimonio técnico y cumplan con la normativa de liquidez
dictada por el ente de regulación competente;
Que el numeral 5 del artículo 335, del Código ibídem
establece que los recursos con los que se nutrirá el
Fideicomiso, entre otros, es aquel que proviene de los
préstamos entre f‌i deicomisos del Fondo de Liquidez;
Que la Junta de Política y Regulación Monetaria y
Financiera con Resolución No. 298-2016-F de 9 de
noviembre de 2016, expidió las Normas Generales para
el Otorgamiento de Préstamos entre los Fideicomisos
del Fondo de Liquidez, disposiciones que se encuentran
recopiladas en la Codif‌i cación de Resoluciones
Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, Título
II “Sistema Monetario Financiero”, Libro II “Sistema
Financiero Nacional”, Capítulo XXIX “Fondo de
Liquidez de las entidades del sector f‌i nanciero privado
y del sector f‌i nanciero popular y solidario”, Sección V
“Normas generales para el otorgamiento de préstamos
entre los f‌i deicomisos del fondo de liquidez”, en cuyos
artículos 35 y 39, en su orden, se establece que si debido
a solicitudes de crédito extraordinario de entidades a sus
respectivos Fondos de Liquidez, el saldo del f‌i deicomiso
correspondiente llegase a un valor igual o inferior a su
saldo mínimo, se activará el préstamo entre f‌i deicomisos,
por el valor total de los créditos a ser aprobados a favor
de las entidades solicitantes; y, que el saldo mínimo del
Sector Financiero Privado y del Sector Financiero Popular
y Solidario, será el establecido por la Administración de la
Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez
y Fondo de Seguros Privados, y se lo revisará de manera
trimestral;
Que mediante Informe No. CTRS-FL-2017-002 de 25
de enero de 2017, la Coordinación Técnica de Riesgo
Sistémico remitió la propuesta Metodológica para la
determinación de saldo mínimo en los f‌i deicomisos del
Fondo de Liquidez de los Sectores Financieros Privado y
Popular y Solidario;
Que la Gerencia General de la COSEDE, mediante
Resolución No. COSEDE-GG-010-2017 de 07 de febrero
de 2017, aprobó la metodología para la determinación del
saldo mínimo para activar los préstamos entre f‌i deicomisos
del Fondo de Liquidez de los Sectores Financieros Privado
y Popular y Solidario;
Que mediante informe técnico legal No. CTRE-CTPSF-
FL-2018-003 de fecha 25 de julio de 2018, la Coordinación
Técnica de Riesgos y Estudios y la Coordinación Técnica
de Protección de Seguros y Fondos, remiten la propuesta de
actualización de la metodología para la determinación del
saldo mínimo que activa los préstamos entre f‌i deicomisos
del Fondo de Liquidez de los Sectores Financieros Privado
y Popular y Solidario y,
En ejercicio de sus atribuciones,
Resuelve:
Artículo 1.- Aprobar la metodología para la determinación
del saldo mínimo a aplicarse a los f‌i deicomisos del Fondo
de Liquidez de los Sectores Financieros Privado y Popular
y Solidario contenida en el informe No. CTRE-CTPSF-
FL-2018-003 de 25 de julio de 2018.
Artículo 2.- Establecer como saldos mínimos de los
f‌i deicomisos, en aplicación de la metodología aprobada
en el artículo 1 de esta resolución, los siguientes valores:
a) Fondo de Liquidez del Sector Financiero Privado:
cuatrocientos doce millones de dólares de los Estados
Unidos de América (US$ 412 millones); y,
b) Fondo de Liquidez del Sector Financiero Popular
y Solidario: dieciocho millones de dólares de los
Estados Unidos de América (US$ 18 millones).
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.- Deróguese la
Resolución No. COSEDE-GG-010-2017 de 07 de febrero
de 2017.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente resolución entrará
en vigencia partir de la fecha de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- Dado en la ciudad
de Quito, D.M a los 27 días de mes de julio de 2018.
f.) Dra. Nelly Arias Zavala, Gerente General, Corporacion
del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de
Seguros Privados.
CERTIFICO: Que la copia fotostática de la resolución
que antecede es f‌i el copia de su original, que reposa en
ral 5
que lo
so, entr
ntre f‌i de
de Política y Regulación
esolución
expidió las N
Préstamo
nte
plan con l
regulación com
5 del artículo 335,
s recursos con lo
re otros, es aquel que pro
eicomisos del Fondo de L
olítica y Regulación Monetari
ión No. 298-2016-F de 9
Normas Generales
, del C
los que s
quel que prov
icomisos del Fondo
ará
e manten
umpla
de re
5
os
tre otros, es aquel que provie
deicomisos del Fondo de Liquid
ca y Regulación M
digo ib
ez
Art
del
íde
trirá
de los
m
l
y So
FL-2
Liqu
ida
do
idez
i
.-
A
o mín
de
Aproba
mo a
l
R
Resuel
nes,
y
en e
rtículo
com
8-00
o2-
cont
03 de 2
s S
nida e
5d
plicars
ctores
en
todol
rse a lo
ogía p
EDE
o f‌i nan
ral 2 de
funciones de la COSEDE
z de los sectores f‌i nanci
y los aportes qu
ícul
ódigo
que la Cor
do de Liquidez y
E, es una persona j
nciera con autonom
del artículo 80 del
ciones de la COSEDE administr
s sectores f‌i nanciero privado y d
es que lo constituyen;
Fo
juríd
omía adm
artículo 80
a
el Cód
e qu
ndo
DE,
anc
del artículo 80 del código u
nes de la COSEDE adm
de
d
de der
eguro
guros
y
Que
ativa
y
d
de
saldo
el
olu
2017,
a
ció
ap
Ger
No
ar
ncia
de
o
e lo
mínim
s Sect
ac
uesta
mo en
ón T
Metod
FL
écnic
ra
el
Que
F
Popular
m
do de
ar y S
mo para
Liqu
a meto
acti
enera
SEDE-G
odo
al de
GG
la
do
ente l
imo, se
r total
des soli
ro Privado y del Sector Finan
l establecido por la Admi
guro de Depósit
Privados, y s
ondo
orden, se e
ito extraordinari
s de Liquidez, el sa
legase a un valor i
activará el préstam
de los créditos a ser aprob
licitantes; y, que el sa
rivado y del Sector Financiero Po
ablecido por la Administración d
Depósitos, Fondo de Liquid
d
aldo
igual o
tamo entre f‌i
los créditos a ser apro
itantes; y, que e
l otor
del fon
su or
édito
os d
lle
e
l de los créditos a ser aprobado
olicitantes; y, que el saldo míni
vado y del Sector Financiero P
lA
idade
f‌i deico
nferior
ebido
a sus
i
os
o
d
DI
or a s
omisos,
a favor
u
en
Regi
PO
vig
tro
OS
ncia
SICIÓ
NF
OSE
ER
DE
OGAT
GG
(U
TO
nes
S$ 18
Fi
de dó
m
lar
f.) D
OMU
Quito,
NÍQU
D
f‌icial.
S
r d
NAL.-
la f
La p

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR