Ordenanzas. De creación, organización y funcionamiento de la Empresa Pública Municipal de Servicio de Rastro de la ciudad

Número de Boletín406
SecciónOrdenanzas
EmisorGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN GUAYAQUIL
Jueves 18 de agosto de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 406
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MUY ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE GUAYAQUIL
(GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO)
ORDENANZA DE CREACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL DE SERVICIO DE RASTRO DE LA C IUDAD DE G UAYAQUIL
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EL M. I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL
CONSIDERANDO:
QUE, los numerales 2 y 4 del Artículo 225 de la Constitución de la República del Ecuador,
indican que, el sector público está comprendido -entre otros- por las entidades que
integran el régimen autónomo descentralizado y por las personas jurídicas creadas
por acto normativo de los gobiernos autónomos descentralizados para la prestación
de servicios públicos;
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los
principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación;
QUE, el Artículo 238 de la Carta Suprema, indica que los gobiernos autónomos
descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se
regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial,
integración y participación ciudadana;
gobiernos autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos,
provincias y cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus
competencias y jurisdicciones territoriales;
QUE, el Artículo 315 de la Constitución dela República del Ecuador dispone que el Estado
constituirá empresas públicas para la gestión de sectores estratégicos, la prestación
de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de
bienes públicos y el desarrollo de otras actividades económicas. Las empresas
públicas estarán bajo la regulación y el control específico de los organismos
pertinentes, de acuerdo con la ley; funcionarán como sociedades de derecho
público, con personalidad jurídica, autonomía financiera, económica, administrativa
y de gestión, con altos parámetros de calidad y criterios empresariales, económicos,
sociales y ambientales;
QUE, el literal l) del Artículo 54 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización, señala que entre las funciones del gobierno
autónomo descentralizado municipal se encuentra, el prestar servicios que
satisfagan necesidades colectivas respecto de los que no exista una explícita
reserva legal a favor de otros niveles de gobierno, así como la elaboración, manejo
y expendio de víveres; servicios de faenamiento; plazas de mercado y cementerios;
Descentralización establece que, los gobiernos regionales, provinciales,
metropolitanos o municipales podrán crear empresas públicas siempre que esta
forma de organización convenga más a sus intereses y a los de la ciudadanía;
garantice una mayor eficiencia y mejore los niveles de calidad en la prestación de
servicios públicos de su competencia;
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ORDENANZA DE CREACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL DE SERVICIO DE RASTRO DE LA C IUDAD DE G UAYAQUIL
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Descentralización indica, que los consejos regionales y provinciales y los concejos
metropolitanos y municipales aprobarán ordenanzas regionales, provinciales,
metropolitanas y municipales, respectivamente, con el voto conforme de la mayoría
de sus miembros;
QUE, el Artículo 1 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, regula la constitución,
organización, funcionamiento, fusión, escisión y liquidación de las empresas
públicas que no pertenezcan al sector financiero y que actúen en el ámbito
internacional, nacional, regional, provincial o local; y, establecen los mecanismos de
control económico, administrativo, financiero y de gestión que se ejercerán sobre
ellas, de acuerdo a lo dispuesto por la Constitución de la República;
QUE, la Ley Orgánica de Empresas Públicas en su Artículo 4 establece que, las empresas
públicas son entidades que pertenecen al Estado en los términos que establece la
Constitución de la República, personas jurídicas de derecho público, con patrimonio
propio, dotadas de autonomía presupuestaria, financiera, económica, administrativa
y de gestión. Estarán destinadas a la gestión de sectores estratégicos, la prestación
de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de
bienes públicos y en general al desarrollo de actividades económicas que
corresponden al Estado; y,
QUE, el numeral 2 del Artículo 5 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas indica que, la
creación de las empresas públicas se realizará a través de acto normativo
legalmente expedido por los gobiernos autónomos descentralizados.
En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 240 de la Constitución de la
República, en concordancia con lo establecido en los artículos 7 y 57, letra a) y j) del Código
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
EXPEDIR:
LA “ORDENANZA DE CREACIÓN, ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL DE
SERVICIO DE RASTRO DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL”
CAPÍTULO I
CONSTITUCIÓN, OBJETO Y COMPETENCIAS
Artículo 1.- CONSTITUCIÓN. Se crea la “EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL DE SERVICIO
DE RASTRO DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL, SERRAS EP”, como sociedad de derecho
público, con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía presupuestaria, financiera,
económica, administrativa y de gestión; sujeta a la Constitución de la República del Ecuador, a
la Ley Orgánica de Empresas Públicas, al Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización; Código Orgánico Administrativo; Ley Orgánica del Régimen de
Soberanía Alimentaria; a la presente Ordenanza; a las normas que emitan los organismos
competentes del Estado, en el marco del respeto a la autonomía municipal, a la normativa
interna que la empresa expida; y, demás ordenamiento jurídico vigente que fuere pertinente.

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