Resoluciones 041-2015. Créese la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Cumandá; cámbiese la denominación de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el cantón Chunchi y amplíese la competencia en razón de la materia de las juezas y jueces que la integran

Número de Boletín471-Primer Suplemento
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de la Judicatura
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2015

EL PLENO DEL

CONSEJO DE LA JUDICATURA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 178 de la Constitución de la República del Ecuador dispone: "El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial...";

Que, el artículo 75 de la Constitución de la República del Ecuador prescribe: "Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso quedará en indefensión...";

Que, los numerales 1 y 5 del artículo 181 de la Constitución de la República del Ecuador determinan: "Serán funciones del Consejo de la Judicatura, además de las que determine la ley: 1. Definir y ejecutar las políticas para el mejoramiento y modernización del sistema judicial; (...) y, 5. Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial...";

Que, el artículo 156 del Código Orgánico de la Función Judicial, establece: "Competencia es la medida dentro de la cual la potestad jurisdiccional está distribuida entre las diversas cortes, tribunales y juzgados, en razón de las personas, del territorio, de la materia, y de los grados.";

Que, el último inciso del artículo 157 del Código Orgánico de la Función Judicial, señala: "La competencia de las juezas y jueces, de las cortes provinciales y demás tribunales, en razón del territorio, será determinada por el Consejo de la Judicatura, previo el informe técnico de la Unidad de Recursos Humanos. Será revisada por lo menos cada cuatro años.";

Que, los literales a) y b) del numeral 8 del artículo 264 del Código Orgánico de la Función Judicial, determinan que de acuerdo a las necesidades del servicio, al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: "a) Crear, modificar o suprimir salas de las cortes provinciales, tribunales penales, juzgados de primer nivel y juzgados de paz; así como también establecer el número de jueces necesarios previo el informe técnico correspondiente. b) Establecer o modificar la sede, modelo de gestión y precisar la competencia en que actuarán las salas de las cortes provinciales, tribunales penales, tribunales de lo contencioso administrativo y tributarios juezas y jueces de primer nivel...";

Que, de conformidad con lo previsto en el numeral 10 del artículo 264 del Código Orgánico de la Función Judicial, al Pleno del Consejo de la Judicatura le corresponde: "10. Expedir, modificar, derogar e interpretar obligatoriamente el Código de Ética de la Función Judicial, el Estatuto Orgánico Administrativo de la Función Judicial, los reglamentos, manuales, instructivos o resoluciones de régimen interno, con sujeción a la Constitución y la ley, para la organización, funcionamiento, responsabilidades, control y régimen disciplinario; particularmente para velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.";

Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión de 28 de octubre de 2014 mediante Resolución 271-2014, resolvió: "CREAR LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN CHUNCHI, PROVINCIA DE CHIMBORAZO", publicada en el Registro Oficial No. 395, de 12 de diciembre de 2014;

Que, mediante Memorando CJ-DNDMCSJ-2014-527 de 11 de julio de 2014, la Dirección Nacional de Innovación, Desarrollo y Mejora Continua del Servicio Judicial, remite la actualización al plan de creaciones identificando las necesidades existentes para dar cobertura a la demanda de justicia en el país;

Que, mediante memorando CJ-DNDMCSJ-2015-161, de 2 de marzo de 2015, suscrito por el abogado Fabrizio Zavala Celi, Director Nacional de Innovación, Desarrollo y Mejora Continua del Servicio Judicial, pone en conocimiento de la economista Andrea Bravo Mogro, Directora General el informe y proyecto de resolución respecto de las...

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