Acuerdo 213 - Establécense las condiciones para cumplir con el principio de corresponsabilidad en salud, para las personas que reciben el Bono de Desarrollo Humano

Número de Boletín6
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Inclusión Económica y Social
Fecha de la disposición30 de Abril de 2013

Doris Solíz Carrión

MINISTRA DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y

SOCIAL

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador, dentro de los Derechos de Libertad, en su Art. 69 determina que, para proteger los derechos de las personas integrantes de la familia, el Estado promoverá la corresponsabilidad materna y paterna y vigilará el cumplimiento de los deberes y derechos recíprocos entre madres, padres, hijas e hijos;

Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 83 determina como deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos; entre otros, asistir, alimentar, educar y cuidar a las hijas e hijos;

Que, la Constitución de la República establece, en su artículo 229 que las obreras y obreros del sector público estarán sujetos al Código de Trabajo;

Que, la Constitución de la República, en su artículo 233 dispone que ninguna servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y serán responsables...

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