Decretos 329. Dase de baja de las Fuerzas Armadas a los siguientes oficiales: Señor CRNL. EMT. AVC. Revelo Villarreal Edgar Alberto y otro

Número de Boletín259
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
Fecha de la disposición21 de Mayo de 2014

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que el artículo 65 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas dispone que la situación militar se establecerá: "a) Para los Oficiales Generales, y dentro de los Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, por Decreto Ejecutivo";

Que el artículo 87, letra c) de la referida Ley determina que el militar será dado de baja por una de las siguientes causas: "c) Una vez cumplido, el periodo de disponibilidad establecido en la Ley";

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 182 del 05 de diciembre de 2013, los señores CRNL. EMT. AVC. REVELO VILLARREAL EDGAR ALBERTO y CRNL. EMT. AVC. ANDRADE MONCAYO RAÚL ALBERTO, fueron colocados en situación jurídica de disponibilidad con fecha 31 de octubre de 2013, de conformidad con la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, artículo 76 que señala: El militar será puesto en disponibilidad, por una de las siguientes causas: "f) Por no haber cumplido los requisitos establecidos en la presente ley para el ascenso al inmediato grado superior";

Que los señores CRNL. EMT. AVC. REVELO VILLARREAL EDGAR ALBERTO y CRNL. EMT. AVC. ANDRADE MONCAYO RAÚL ALBERTO, con fecha 30 de abril de 2014, han cumplido con el tiempo de permanencia en situación jurídica de disponibilidad, por lo que deben ser dados de baja del servicio activo de las Fuerzas Armadas;

Que el señor Comandante General de la Fuerza Aérea mediante oficio No. FA-El-3f-D-2014-0729-o, de 22 de abril de 2014, ha remitido al Ministerio de Defensa Nacional la documentación respectiva para que se canalice el pedido de baja de los mencionados señores Oficiales, de conformidad con el artículo 87 letra c) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas;

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5) de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia...

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