Acuerdo 2886 - Declárase disuelta la Fundación Huellas, domiciliada en el cantón Quito, provincia de Pichincha

Número de Boletín896
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Salud Pública
Fecha de la disposición30 de Enero de 2013

LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA

Considerando:

Que; la Constitución de la República del Ecuador, reconoce y garantiza a las personas: "El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse de forma libre y voluntaria";

Que; a través del Decreto Ejecutivo No. 339 del 28 de noviembre de 1998, publicado en el Registro Oficial No. 77 de 30 de los mismos mes y año, el Presidente de la República, delegó a cada Ministro de Estado, la facultad para que, de acuerdo al ámbito de su competencia, apruebe y reforme los estatutos de las organizaciones pertinentes;

Que; la Codificación del Código Civil publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 46 de 24 de junio de 2005, dispone: "Art. 577.- Las corporaciones no pueden disolverse por sí mismas, sin la aprobación de la autoridad que legitimó su establecimiento. Pero pueden ser disueltas por ella, o por disposición de la ley, a pesar de la voluntad de sus miembros, si llegan a comprometer la seguridad o los intereses del Estado, o no corresponden al objeto de su institución";

Que; el Art. 15 del Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución y Registro de Socios y Directivas de las Organizaciones previstas en el Código Civil y en las Leyes Especiales, reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 982, de 25 de marzo de 2008 y publicado en el Registro Oficial No. 311 de 8 de abril del mismo año, establece: "Cuando la disolución fuere decidida por la Asamblea General de Socios, se comunicará de este hecho al Ministerio correspondiente, adjuntando copias certificadas de las actas respectivas con los nombres de los asistentes y debidamente firmadas";

Que; mediante Acuerdo Ministerial No. 0000086 de 24 de...

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