Resolución INMOBILIAR-2013-0003 - Declárese de utilidad pública y de ocupación inmediata, varios inmuebles para ejecutar e implementar el Proyecto 'Creación de la Universidad Nacional de Educación en Azoguez, provincia de Cañar', cuyos propietarios son los siguientes: María Augusta Ochoa Andrade

Número de Boletín910-Primer Suplemento
SecciónResoluciones
EmisorSecretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público
Fecha de la disposición14 de Febrero de 2013

Considerando:

Que, el Ministerio de Educación del Ecuador se encuentra ejecutando el proyecto denominado "Creación de la Universidad Nacional de Educación en Azogues, provincia del Cañar";

Que, la Disposición Décima Quinta de la Ley Orgánica de Educación Superior, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 298 de 12 de octubre de 2010, dispone que durante los cinco años posteriores a la promulgación de la esa ley no se creará ninguna nueva institución de educación superior, exceptuándose de esta moratoria, entre otras, la Universidad Nacional de Educación -UNAE-, cuya matriz estará en el cantón Azogues, provincia del Cañar;

Que, según lo establecido por el Art. 26 de la Constitución de la República, la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado, además constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir;

Que, de acuerdo al Art. 347 de la Constitución de la República del Ecuador, el Estado ecuatoriano será responsable de fortalecer la educación pública y la coeducación; asegurar el mejoramiento permanente de la calidad, la ampliación de la cobertura, la infraestructura física y el equipamiento necesario de las instituciones educativas públicas;

Que, la Constitución de la República del Ecuador prevé en su Art. 349 que el Estado garantizará al personal docente, en todos sus niveles y modalidades, una formación continua, así como el mejoramiento pedagógico y académico;

Que, de acuerdo a lo que dispone el Art. 350 de la Constitución de la República, el sistema de educación superior tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica y humanista; la investigación científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culturas; la construcción de soluciones para los problemas del país, en relación con los objetivos del régimen de desarrollo;

Que, el Estado ecuatoriano, de acuerdo con el Art. 357 de la Constitución, deberá garantizar el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR