Resolución 027-DN-DINARDAP-2013 - Deléganse competencias al Registrador de Datos Crediticios

Número de Boletín166
SecciónResoluciones
EmisorDirección Nacional de Registro de Datos Públicos
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 2013

LA DIRECTORA NACIONAL DE REGISTRO

DE DATOS PÚBLICOS

Considerando:

Que el numeral 25 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce a las personas el derecho a acceder a servicios públicos de calidad, para lo cual es necesaria una debida estructura institucional, que garantice y contribuya a brindarlos con eficiencia, eficacia, calidad y buen trato al usuario;

Que el numeral primero del artículo 85 de la Carta Magna instituye: "Las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad";

Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador establece: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal, ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley…";

Que el artículo 227 de la Norma Suprema dispone: "La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración descentralización coordinación, participación, Planificación, transparencia y evaluación";

Que de conformidad con el artículo 233 de la Carta Magna, ninguna servidora ni servidor público estará exento de...

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