Acuerdos 515. Delégase permanentemente al ingeniero Richard Vera, Viceministro de Minas al Directorio de la Agencia de Regulación y Control Minero

Número de Boletín105
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Recursos Naturales no Renovables
Fecha de la disposición30 de Septiembre de 2013

EL MINISTRO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES

Considerando:

Que la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que la Ley de Minería publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 517 de 29 de enero de 2009, en su artículo 11 dispone la Agencia de Regulación y Control Minero tendrá un Directorio conformado por tres miembros que no tendrán relación de dependencia con esta entidad.

Que el invocado artículo 11 establece que el Directorio de la enunciada Agencia estará integrado por: "a) El Ministro Sectorial o su delegado permanente, quien lo presidirá y tendrá voto dirimente; b) El Secretario Nacional de Planificación o su delegado; y, c) Un delegado del Presidente de la República[…]";

Que el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público delegar sus atribuciones y deberes;

En ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la República del Ecuador, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

Acuerda:

Artículo 1 Delegar permanentemente al...

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