Acuerdos 2014-865. Acuerdo 2014-865 - Deléganse atribuciones al Subsecretario Técnico de los Recursos Hídricos

Número de Boletín191
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría Nacional del Agua
Fecha de la disposición 5 de Febrero de 2014

EL SECRETARIO DEL AGUA

Consideración:

Que, el Artículo 318, inciso final, de la Constitución de la República establece que el Estado, a través de la Autoridad Única del Agua, será el responsable directo de la planificación y gestión de los recursos hídricos que se destinarán a consumo humano, riego que garantice la soberanía alimentaria, caudal ecológico y actividades productivas, en este orden de prelación;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1088 de 15 de mayo de 2008, publicado en el Registro Oficial No. 346 del 27 de mayo de 2008, se reorganizó el Consejo Nacional de Recursos Hídricos, mediante la creación de la Secretaría Nacional del Agua, como entidad encargada de la gestión integral e integrada de los recursos hídricos, a nivel nacional, con una visión ecosistémica y sustentable, a cargo del Secretario Nacional del Agua, con rango de Ministro, quien ejercerá la representación legal de la entidad;

Que, En reunión de Gabinete Ministerial de 23 de julio de 2009, por disposición del Sr. Presidente de la República Economista Rafael Correa, se entregó a la Secretaría Nacional del Agua la atribución de planificar y coordinar la gestión de la forestación y reforestación con fines de protección de cuencas hidrográficas del país, que sean de interés para mejorar el recurso hídrico. Bajo este contexto, se elaboró en la SENAGUA el "Plan Nacional de Reforestación con Fines de Protección de Cuencas Hidrográficas";

Que, para materializar la forestación y reforestación, la Secretaría Nacional del Agua ya como organismo ejecutor dentro del Plan Nacional de...

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