Resoluciones RNO-DRERDFI13-00003. Deléganse atribuciones a varios funcionarios de la Dirección Regional Norte
Número de Boletín | 924 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Servicio de Rentas Internas |
Fecha de la disposición | 21 de Marzo de 2013 |
LA DIRECTORA REGIONAL NORTE DEL
SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
Considerando:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República, prescribe: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley {...},";
Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas, publicada en el Registro Oficial No. 206 del 2 de diciembre de 1997, el Director Regional Norte del Servicio de Rentas Internas ejercerá dentro de su respectiva jurisdicción, las funciones que el Código Tributario le asigna al Director General del Servicio de Rentas Internas;
Que, el artículo 76 del Código Tributario determina que las competencias en materia tributaria pueden ser ejercidas mediante delegación o sustitución, en los casos prescritos en la ley;
Que, el numeral 2 del artículo 24 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas, establece como facultad de los directores regionales entre otras, las de dirigir, organizar, coordinar y controlar la gestión del Servicio de Rentas Internas dentro de su jurisdicción, y vigilar la estricta aplicación de las leyes y reglamentos tributarios;
Que, mediante Resolución N° NAC-DNRRSGE12- 00090 de 1 de marzo del 2012, el Director General del Servicio de Rentas Internas, subrogante, ha nombrado a la ingeniera Paola Hidalgo Verdesoto en calidad de Directora Regional Norte; y,
En aplicación del artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico de la Función Ejecutiva y, de conformidad con las normas legales vigentes,
Resuelve:
Requerimientos de información.
Contestaciones a las solicitudes de ampliación de plazo de los requerimientos de información.
Comunicaciones a los contribuyentes tendientes a lograr el cumplimiento de sus obligaciones pendientes con la Administración Tributaria.
Comunicaciones para requerir el cumplimiento de los deberes formales de los contribuyentes o responsables.
Atención de trámites del Departamento de Gestión Tributaria.
Comunicaciones previas a la emisión de liquidaciones de pago, resoluciones de aplicación de diferencias, encontradas en las declaraciones de los contribuyentes o detectadas al confrontar la información de dichas declaraciones con otras informaciones proporcionadas por el propio contribuyente o por terceros.
Comunicaciones tendientes a informar a los contribuyentes sobre las inconsistencias detectadas en sus declaraciones y anexos de información, que no generen diferencias a favor de la Administración Tributaria.
Preventivas de clausura tendientes a controlar...
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