Acuerdos 2014-978. Deléganse facultades al señor Cristóbal Punina Lozano, Subsecretario General

Número de Boletín367
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría del Agua
Fecha de la disposición 5 de Septiembre de 2014

EL SECRETARIO DEL AGUA

Considerando:

Que, el Art. 318 inciso final de la Constitución de la República, el Estado, a través de la autoridad única del agua, será el responsable directo de la planificación y gestión de los recursos hídricos que se destinarán a consumo humano, riego que garantice la soberanía alimentaria, caudal ecológico y actividades productivas, en este orden de prelación;

Que, el Art. 154 de la Constitución de la República declara que a los ministros de Estado les corresponde "Ejercer la rectoría de las Políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión";

Que, las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal, ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley, teniendo el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución, conforme se dispone en el artículo 226 de la Constitución de la República;

Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que la administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

Que, el artículo 34 del Reglamento a la Ley de Modernización establece que la desconcentración administrativa es el proceso mediante el cual las instancias superiores de un...

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