Resoluciones 20-INDOT-2016. Deléguense atribuciones al Director o Directora de Regulación, Control y Gestión de Calidad.

Número de Boletín725
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Salud Pública
Fecha de la disposición23 de Febrero de 2016

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

INSTITUTO NACIONAL DE DONACIÓN Y TRASPLANTE - INDOT

Considerando:

Que, el artículo 82 de la Constitución de la República, determina que "El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes.”;

Que, el artículo 226 de la Constitución de la República, dispone ordena que "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.”;

Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica de Salud, determina que, "La autoridad sanitaria nacional es el Ministerio de Salud Pública, entidad a la que corresponde el ejercicio de las funciones de rectoría en salud; así como la responsabilidad de la aplicación, control y vigilancia del cumplimiento de esta Ley; y, las normas que dicte para su plena vigencia serán obligatorias.”;

Que, el artículo 66 de la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, dispone que "La entidad o dependencia designada por la Autoridad Sanitaria Nacional tendrá competencia administrativa para conocer, aplicar y ejecutar las disposiciones previstas en esta Ley y sancionar administrativamente las infracciones previstas en esta Ley a nivel nacional.”;

Que, el artículo 67 de la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, dispone "La competencia administrativa de la entidad o dependencia designada estará sujeta a las normas establecidas para la competencia en el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva”.;

Que, el artículo 68 de la...

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