Acuerdos 004-2015. Deléguense atribuciones al Secretario/a General y otros

Número de Boletín453
SecciónAcuerdos
EmisorVicepresidencia de la República
Fecha de la disposición 2 de Febrero de 2015

Jorge Glas Espinel

VICEPRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que, el Art. 226 de la Constitución de la República del Ecuador, indica que las instituciones del Estado, las servidoras y servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal, ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas por la Constitución y la ley.

Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en su Art. 55, indica que las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto.

Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en su Art. 59 manifiesta que cuando las resoluciones administrativas se adopten por delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictados por la autoridad delegante, siendo la responsabilidad del delegado que actúa.

Que, la Asamblea Constituyente expidió la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que fue publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 395...

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