Resoluciones YACHAY EP-GG-2016-0047. Resolución YACHAY EP-GG-2016-0047 - Deléguense atribuciones al señor Rafael Maximiliano Donoso Vallejo, Gerente de la Unidad de Negocios de Gestión de Servicios de la Ciudad

SecciónResoluciones
EmisorEmpresa Pública "YACHAY E.P."
Miércoles 8 de febrero de 2017 – 35Registro Of‌i cial Nº 940
los trámites pertinentes para viabilizar los incrementos
presupuestarios para la atención de emprendedores
ganadores del Banco de Ideas, sin necesidad de reunión
del Directorio, por un monto acumulado máximo de
US$ 5`000.000,00 (Cinco millones 00/00 dólares de los
Estados Unidos de América), por cada ejercicio f‌i scal.
Que, mediante memorando No. YACHAY-GDIP-2016-
0327-MI la Gerente de Desarrollo Industrial y Productivo,
Subrogante solicita autorización al Gerente General, para
viabilizar los incrementos presupuestarios para la atención
de emprendedores ganadores del Banco de Ideas de acuerdo
a los valores proyectados de $350.075 para recurso no
permanente y de $28.800 al techo presupuestario referente
autogestión.
Que, mediante nota inserta en el memorando No.
YACHAY-GC-2016-0251-MI el Gerente General autoriza
continuar con el trámite pertinente para la elaboración
de la Resolución de incrementos presupuestarios para
la atención de emprendedores ganadores del Banco de
Ideas de acuerdo a los valores proyectados de $350.075
para recurso no permanente y de $28.800 al techo
presupuestario referente autogestión.
Que, mediante memorando No. YACHAY-GDIP-
2016-0337-MI, de 18 de agosto de 2016, la Gerente de
Desarrollo Industrial y Productivo solicita a la Gerencia
Jurídica la elaboración del instrumento jurídico para
viabilizar los incrementos presupuestarios para la atención
de ganadores de Banco de Ideas.
En ejercicio de las atribuciones legales y reglamentarias
establecidas en el Artículo 10, numerales 1, 2, 3 y Artículo
11 numeral 7 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas
Resuelve:
Art. 1.- Incrementar el presupuesto para la atención de
emprendedores ganadores del Banco de Ideas de acuerdo
a los valores proyectados de $350.075 para recurso no
permanente e Incrementar el techo presupuestario de
autogestión por el valor de $28.800.
Art. 2.- La Gerencia de Desarrollo Industrial y Productivo
conforme lo establecido en el artículo precedente ejecutará
y podrá solicitar a la Gerencia Financiera Administrativa
y Gerencia de Planif‌i cación las reformas y/o ajustes
necesarios en el incremento de recursos no permanentes
y el techo presupuestario referente autogestión de acuerdo
con las necesidades institucionales.
Art. 3.- Disponer a las Gerencias y Direcciones de la
Empresa Pública “YACHAY E.P.”, dentro del ámbito de
su competencia la ejecución del incremento de recursos
no permanentes y el techo presupuestario referente
autogestión.
Art. 4.- La presente resolución entrará en vigencia a partir
de su suscripción sin perjuicio de su publicación.
Comuníquese y publíquese.
Dada en la ciudad de Quito, a los 15 de septiembre de
2016.
f.) Mgs. Héctor Rodríguez Chávez, Gerente General,
Empresa Pública Yachay E.P.
Nro. YACHAY EP-GG-2016-0047
Msc. Héctor Rodríguez Chávez
GERENTE GENERAL
EMPRESA PÚBLICA “YACHAY E.P.”
Considerando:
Que la Constitución de la República, en el artículo 226
determina: “Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que
les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución.”;
Que la Constitución de la República, en el artículo 227
determina: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación.”;
Que el artículo 233 de la Norma Suprema establece
que: “(...) Ninguna servidora ni servidor público estará
exento de responsabilidad por los actos realizados en el
ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y serán
responsables administrativa, civil y penalmente por el
manejo y administración de fondos, bienes o recursos
públicos (...)”;
Que el Art. 10 de la Ley Orgánica de Empresas
Públicas establece que el Gerente General “ejercerá la
representación legal, judicial y extrajudicial de la empresa
y será en consecuencia el responsable de la gestión
empresarial, administrativa, económica, f‌i nanciera,
comercial, técnica y operativa.”;

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