Acuerdos 2016-222. Deléguense facultades y atribuciones a las siguientes personas: Doctora Rina Catalina Pazos Padilla, Subsecretaria General de Ciencia, Tecnología e Innovación

Número de Boletín987
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación
Miércoles 19 de abril de 2017 – 11Registro Of‌i cial Nº 987
Nro. 2016-222
René Ramírez Gallegos
SECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR,
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
Considerando:
Que el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador, determina que a las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: “Ejercer la rectoría
de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión”;
Ecuador, señala que: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la
ley.”;
del Ecuador, prescribe: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación.”;
Que el artículo 182 de la Ley Orgánica de Educación
Superior, publicada en el Registro Of‌i cial Suplemento
No. 298, de 12 de octubre de 2010, establece que: “La
Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación, es el órgano que tiene por objeto
ejercer la rectoría de la política pública de educación
superior y coordinar acciones entre la Función Ejecutiva y
las instituciones del Sistema de Educación Superior. (…)”;
Que el segundo y tercer inciso del artículo 17 del Estatuto
de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, establecen que: “ (…) Los Ministros de Estado,
dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus
atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico
de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en
comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen
conveniente, siempre y cuando las delegaciones que
concedan no afecten a la buena marcha del Despacho
Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones,
atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las
leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado. Las
delegaciones ministeriales a las que se ref‌i ere este
artículo serán otorgadas por los Ministros de Estado
mediante acuerdo ministerial, el mismo que será puesto en
conocimiento del Secretario General de la Administración
Pública y publicado en el Registro Of‌i cial. (…)”;
Que el artículo 55 del Estatuto de Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, establece que:
Las atribuciones propias de las diversas entidades y
autoridades de la Administración Pública Central e
Institucional, serán delegables en las autoridades u
órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren
prohibidas por Ley o por Decreto. La delegación será
publicada en el Registro Of‌i cial. (…).”;
Que el literal j) del numeral 11.1.1 del artícu lo 11
del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por
Procesos de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación, establece entre las Atribuciones y
Responsabilidades del Secretario/a de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación, la siguiente: “j) Expedir
y suscribir los instrumentos jurídicos necesarios en el
cumplimiento de deberes y obligaciones de la Secretaría de
Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación”;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 934, de fecha 10 de
noviembre de 2011, el señor Presidente Constitucional de
la República, economista Rafael Correa Delgado, designó
a René Ramírez Gallegos como Secretario Nacional de
Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación,
mismo que fue ratif‌i cado en el cargo mediante Decreto
Ejecutivo No. 2 del 24 de mayo de 2013, publicado en el
Segundo Suplemento del Registro Of‌i cial No. 5 del 31 de
mayo de 2013;
Que la cláusula tercera del Acuerdo entre el Estado
Ecuatoriano y la Fundación Charles Darwin para el
Funcionamiento de la Estación Científ‌i ca en el Archipiélago
de Galápagos, f‌i rmado el 29 de julio de 2016, establece
que: “La Estación, para su funcionamiento, contará con
un Directorio de Coordinación de Actividades” entre el
Ecuador y la Fundación, que estará conformado por, La
SENESCYT (…)”;
Que la Disposición Transitoria del Acuerdo entre el
Estado Ecuatoriano y la Fundación Charles Darwin para el
Funcionamiento de la Estación Científ‌i ca en el Archipiélago
de Galápagos manif‌i esta que: “La Fundación dentro de los
primeros treinta (30) días contados a partir de la vigencia
del presente Acuerdo, convocará a los miembros del
Directorio de Coordinación de Actividades establecido en
el presente Acuerdo, a sesión para establecer un régimen
de coordinación y cooperación de la completa aplicación
del presente Acuerdo (…)”;
Que mediante of‌i cio Nro. FCD-DEJ-16-336, de 30 de
noviembre de 2016, Arturo Izurieta, Director Ejecutivo de
la Fundación Charles Darwin, convoca a la Primera Sesión
del Directorio de Coordinación de Actividades, el día
lunes 19 de diciembre de 2016; y
Que es necesario designar un/a servidor/a de esta Cartera
de Estado como delegado/a, para que represente al señor
Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación, en la Primera Sesión del Directorio de
Coordinación de Actividades de la Fundación Charles
Darwin.
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i eren el numeral

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