Acuerdos 7712-A. Deléguense facultades al Coordinador/a General de Gestión Estratégica, y otros

Número de Boletín905
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Interior
Fecha de la disposición26 de Septiembre de 2016

Diego Xavier Fuentes Acosta

MINISTRO DEL INTERIOR (S)

Considerando:

Que, el artículo 30 de la Constitución de la República del Ecuador instituye que las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica;

Que, el artículo 66, numeral 25 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que se reconoce y garantiza a las personas el derecho a acceder a bienes y servicios públicos y privados de calidad, con eficiencia, eficacia y buen trato;

Que, según artículo 163 de la Carta Suprema, la Policía Nacional es una institución estatal de carácter civil, armada, técnica, jerarquizada, disciplinada, profesional y altamente especializada, cuya misión es atender la seguridad ciudadana y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional y que sus miembros tendrán una formación basada en derechos humanos, investigación prevención del delito y utilización de medios de disuasión y conciliación como alternativas al uso de la fuerza;

Que, conforme al literal a) del artículo 77 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado corresponde a la máxima autoridad del Ministerio del Interior dirigir y asegurar la implantación, funcionamiento y actualización del sistema de control interno y de los sistemas de administración financiera, planificación, organización, información de recursos humanos, materiales, tecnológicos, ambientales y más sistemas administrativos;

Que, el artículo 23 de la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos públicos, establece que el sistema informático tiene como objetivo la tecnificación y modernización de los registros, empleando tecnologías de información, bases de datos y lenguajes informáticos estandarizados, protocolos de intercambio de datos seguros, que permitan un manejo de la información adecuado que reciba, capture, archive, codifique, proteja, intercambie, reproduzca, verifique, certifique o procese de manera tecnológica la información de los datos registrados;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1014, publicado en el Registro Oficial 322, de 23 de...

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