Acuerdo 319 - Deléguense facultades al ingeniero José Luis Romero Callay, Asesor Ministerial.

Número de Boletín778
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Finanzas
Fecha de la disposición20 de Noviembre de 2015

EL MINISTRO DE FINANZAS

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que, el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de 2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;

Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público delegar sus atribuciones y deberes;

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 254, publicado en la Edición Especial del Registro Oficial No. 219 de 14 de diciembre de 2011, se sustituyó el texto constante en el Libro III del Decreto Ejecutivo No. 3410 respecto de la Organización y Administración del Ministerio de Finanzas, reformado con Acuerdo Ministerial No. 119, publicado en el Registro Oficial No. 52 de 13 de julio de 2010, determinándose una nueva estructura orgánica funcional para esta Secretaría de Estado, creándose nuevas unidades administrativas para el cumplimiento de las funciones y atribuciones contempladas en el Código Orgánico antes mencionado.

Que, el artículo 83 del Código Orgánico Monetario y Financiero, Libro I, señala que el Directorio de la Corporación de Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados tendrá un directorio...

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