Resolución 018-2016-DE-IEPI - Deléguense facultades al señor Juan José Cedeño Cedeño
Fecha de disposición | 06 Abril 2017 |
Fecha de publicación | 06 Abril 2017 |
Número de registro | 018-2016-DE-IEPI |
Número de Gaceta | 979 |
Jueves 6 de abril de 2017 – 31Registro Ofi cial Nº 979
Quinta.- De la ejecución de la presente Resolución
encárguese al Experto Principal de Planifi cación
quien deberá notifi car a la Secretaría Nacional de la
Administración Pública su contenido.
DISPOSICIONES DEROGATORIA ÚNICA
Deróguese las normas internas de igual o inferior jerarquía
que se opongan a la presente Resolución.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la
fecha de suscripción sin perjuicio de su publicación en el
Registro Ofi cial.
Dado en la ciudad de Quito D.M., a los veinte y dos día del
mes de agosto del 2016.
Comuníquese y Publíquese.
f.) Ramiro Rodríguez Medina, Director Ejecutivo (S),
Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual IEPI.
INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL.- Certifi co que es fi el copia.- f.) Ilegible,
Experto Secretario Abogado General.- Quito, 09 de febrero
de 2017.
No. 018-2016-DE-IEPI
EL DIRECTOR EJECUTIVO (S) DEL INSTITUTO
ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL - IEPI-
Considerando:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
del Ecuador manifi esta que “Las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus fi nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República
del Ecuador prescribe que “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de efi cacia, efi ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planifi cación, transparencia y evaluación”;
Que, en el artículo 346 de la Ley de Propiedad Intelectual
consta la creación del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual (IEPI), como persona jurídica de derecho
público, con patrimonio propio, autonomía administrativa,
económica, fi nanciera y operativa, con sede en la ciudad
de Quito, con los fi nes establecidos en dicha ley;
Que, de conformidad con el artículo 349 de la Ley de
Propiedad Intelectual, el Director Ejecutivo del IEPI, es el
representante legal y el responsable directo de la gestión
técnica, fi nanciera y administrativa de la institución;
Que, mediante Decreto Ejecutivo 1322, de 05 de
octubre de 2012, el Presidente Constitucional de la
República, modifi có en la Ley de Propiedad Intelectual
la denominación de “Presidente del Instituto Ecuatoriano
de Propiedad Intelectual, IEPI” por la de “Director
Ejecutivo”;
Que, mediante Resolución No. 001-2015 CD-IEPI, de
27 de marzo de 2015, el Consejo Directivo del Instituto
Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual, resolvió nombrar
a Hernán Núñez Rocha, Director Ejecutivo del Instituto
Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual –IEPI-, por el
periodo 2015-2021;
Que, mediante acción de personal No. IEPI-
UATH-2016-08-129, de 19 de agosto de 2016, el Director
de Gestión Institucional, resolvió que el servidor Ramiro
Alejandro Rodríguez Medina, subrogue las funciones de
Director Ejecutivo, a partir del 22 de agosto de 2016, hasta
el 09 de septiembre de 2016.
En ejercicio de sus atribuciones que le confi eren el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República del
Ecuador y el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva.
Resuelve:
Artículo 1.- DELEGAR a Juan José Cedeño Cedeño,
servidor del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual, la facultad de solicitar el pago y aprobar
informes y/o respaldos de las actividades realizadas por
los servidores y trabajadores en horas suplementarias y/o
extraordinarias, a las que tengan derecho los mismos,
que se encuentren bajo la dependencia de la Dirección
Ejecutiva.
Artículo 2.- El delegado responderá directamente de los
actos realizados en el ejercicio de la presente delegación
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba