Acuerdos 2016-170. Acuerdo 2016-170 - Deléguense facultades a los siguientes funcionarios: Doctora Rina Catalina Pazos Padilla, Subsecretaria General de Ciencia, Tecnología e Innovación

Número de Boletín976
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación
Lunes 3 de abril de 2017 – 7Registro Of‌i cial Nº 976
Que el artículo 63 del Reglamento de Institutos y
Conservatorios Superiores establece que “(…) uno o más
institutos y conservatorios superiores podrán adscribirse
a una universidad o escuela politécnica de la misma
naturaleza y similares campos académicos, con el objeto
de complementar la oferta académica de las instituciones
de educación superior solicitantes (…)”;
Que el artículo 64 numeral 1 del Reglamento de Institutos
y Conservatorios Superiores determina como uno de los
requisitos del proyecto de adscripción a ser presentado
al Consejo de Educación Superior para su aprobación
“convenio suscrito entre las máximas autoridades de las
instituciones de educación superior cuyo objeto determine
la plena voluntad del instituto o conservatorio superior de
adscribirse a la universidad o escuela politécnica”; y,
Que es necesario delegar a los/las rectores y/o rectoras de
los Conservatorios Superiores Públicos para que a nombre
de esta Cartera de Estado suscriban los Convenios de
adscripción de dichas Instituciones de Educación Superior
a la Universidad de las Artes, a ser f‌i rmados en la ciudad de
Guayaquil; así como cualquier instrumento que requiera ser
presentado al Consejo de Educación Superior para obtener
la resolución favorable de dichas adscripciones;
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i eren el numeral
Ecuador y el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva:
Acuerda:
Artículo 1.- Delegar a los/las rectores y/o rectoras de los
Conservatorios Superiores Públicos, o a quienes se les haya
asignado las responsabilidades de tales; la suscripción de
los convenios de adscripción de dichas Instituciones de
Educación Superior a la Universidad de las Artes, en la
ciudad de Guayaquil; así como cualquier instrumento que
requiera ser presentado al Consejo de Educación Superior
para obtener la resolución favorable de dichas adscripciones.
Artículo 2- En los documentos a suscribirse, en
cumplimiento de la presente delegación, se hará constar
la frase: “POR DELEGACIÓN DEL SECRETARIO DE
EDUCACIÓN SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN”.
Artículo 3.- Los/las rectores y/o rectoras de los
Conservatorios Superiores Públicos serán responsables del
cumplimiento de las atribuciones y deberes inherentes a la
presente delegación.
Artículo 4.- En ejercicio de la presente delegación, lo
servidores públicos señalados en el artículo 1 del presente
Acuerdo, procederán en armonía con las políticas de la
Secretaría, y las instrucciones impartidas por la máxima
autoridad. Si en ejercicio de su delegación violaren la
ley o los reglamentos o se apartaren de las instrucciones
que recibieren, serán administrativa, civil y penalmente
responsables por sus actuaciones.
Artículo 5.- Notifíquese con el contenido del presente
Acuerdo a los/las rectores y/o rectoras de los Conservatorios
Superiores Públicos y a la Subsecretaria de Formación
Técnica y Tecnológica de esta Cartera de Estado.
Artículo 6.- Encárguese del seguimiento y ejecución del
presente Acuerdo a la Subsecretaría de Formación Técnica
y Tecnológica de la Secretaría de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación.
Artículo 7.- El presente acuerdo entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Notifíquese y cúmplase.
Dado, en el Distrito Metropolitano de San Francisco de
Quito, a los diez (10) días del mes de octubre de 2016.
f.) René Ramírez Gallegos, Secretario de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR,
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.-
COORDINACIÓN GENERAL DE ASESORÍA
JURÍDICA.- Fecha: 06 de marzo de 2017.- Firma:
Ilegible.- Es f‌i el copia del original que reposa en el archivo
de esta Coordinación.
Nro. 2016 - 170
René Ramírez Gallegos
SECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR,
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
Considerando:
Que el primer numeral del artículo 154 de la Constitución
de la República del Ecuador, determina que a las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: “Ejercer la rectoría
de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión.”;
Ecuador señala que: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras y servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal (…). Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
establece que: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de

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