Acuerdos 031. Deléguense facultades, al Subsecretario de Calidad Ambiental

Número de Boletín753
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio del Ambiente
Fecha de la disposición 7 de Abril de 2016

Daniel Vicente Ortega Pacheco

MINISTRO DEL AMBIENTE

Considerando:

Que, el numeral 25 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que se reconocerá y garantizará a las personas el derecho a acceder a bienes y servicios públicos y privados de calidad, con eficiencia, eficacia y buen trato, así como a recibir información adecuada y veraz sobre su contenido y características;

Que, el artículo 227 de la Constitución de la República establece que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

Que, el artículo 154 de la Constitución de la República y el artículo 17 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, facultan a las ministras y ministros de Estado a ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo, expedir los acuerdos, resoluciones administrativas y demás asuntos inherentes al ámbito de su gestión, así como a delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente;

Que, el literal h) del artículo 10-2 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, señala que la Regulación es la facultad de emitir normas para el adecuado y oportuno desarrollo y cumplimiento de la política pública y la prestación de los servicios, con el fin de dirigir, orientar o modificar la conducta de la agentes regulados;

Que, el artículo 54 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, establece la titularidad y el ejercicio de la competencias atribuidas a los órganos administrativos podrán ser desconcertadas en otros jerárquicamente dependientes de aquellos, cuyo efecto será el traslado de la competencia el órgano desconcentrado. La desconcentración ser hará por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR