Acuerdo 16 020 - Deléguense funciones y atribuciones a las siguientes personas: Doctora Rosa Beatriz Rodríguez Tamayo, Coordinadora General Jurídica

Número de Boletín708
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Industrias y Productividad
Fecha de la disposición11 de Febrero de 2016

Eduardo Egas Peña

MINISTRO DE INDUSTRIAS

Y PRODUCTIVIDAD

Considerando:

Que, según el artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la República, a las ministras y ministros de Estado les corresponde dirigir la política del Ministerio a su cargo y expedir las normas, acuerdos y resoluciones que requiera la gestión ministerial;

Que, el artículo 17, segundo inciso, del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, ERJAFE, dice: “Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado. Las delegaciones ministeriales a las que se refiere este artículo serán otorgadas por los Ministros de Estado mediante acuerdo ministerial, el mismo que será puesto en conocimiento del Secretario General de la Administración Pública y publicado en el Registro Oficial.”

Que, el artículo 57 del mismo Estatuto dice: “La delegación podrá ser revocada en cualquier momento por el órgano que la haya conferido y se extinguirá, en el caso de asuntos únicos, cuando se haya cumplido el acto cuya expedición o ejecución se delegó.”

Que, el artículo 1 del Decreto Ejecutivo 1322, publicado en el Registro Oficial 813 de 19 de octubre de 2012...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR