Acuerdos 0046. Deléguense funciones al Coordinador General Administrativo Financiero

Número de Boletín893
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Transporte y Obras Públicas
Fecha de la disposición20 de Octubre de 2016

Ing. Boris Córdova González

MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS

PÚBLICAS

Considerando:

Que, los contratistas a través de las Compañías Aseguradoras, rinden pólizas de seguro para garantizar los contratos que celebran con esta Cartera de Estado y asegurar el total cumplimiento de las obligaciones contraídas para cada contratación dentro de los procesos que se desarrollan, conforme a las normas de la Ley de la materia;

Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que a los Ministros y Ministras de Estado, les corresponde "(...) ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión";

Que, el artículo 34 del Reglamento a la Ley de Modernización, en concordancia con el artículo 54 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la. Función Ejecutiva, establecen que la desconcentración administrativa es el proceso mediante el cual las instancias superiores de un ente u organismo público transfieren el ejercicio de una o más de sus facultades a otras instancias jerárquicamente dependientes de aquéllas, que forman parte del mismo ente u organismo, mediante acuerdo ministerial;

Que, los incisos segundo y tercero del mismo artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva facultan a los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, para delegar sus atribuciones y deberes a un funcionario de inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial. Las delegaciones serán otorgadas mediante acuerdo ministerial, que será puesto en conocimiento del Secretaria General de la Administración Pública y publicado en el Registro Oficial;

Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6 numeral 9 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; y, 4 de su Reglamento de Aplicación, el señor Ministro de Transporte y Obras Públicas se encuentra facultado para delegar sus atribuciones a los funcionarios de la institución que representa, cuando lo estime conveniente;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1192 de 22 de septiembre de 2016, el Economista Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República, nombra al...

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