Acuerdo 2016-163 - Deléguense funciones a las siguientes personas: Señor Luis Fernando Cuji, Subsecretario de Formación Académica

Fecha de disposición17 Abril 2017
Fecha de publicación17 Abril 2017
Número de registro2016-163
Número de Gaceta985
Lunes 17 de abril de 2017 – 7Registro Of‌i cial Nº 985
e Institucional, serán delegables en las autoridades
u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se
encuentren prohibidas por Ley o por Decreto. La
delegación será publicada en el Registro Of‌i cial. (…).”;
Que el literal j) del numeral 11.1.1 del artículo 11
del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
por Procesos de la Secretaría de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación, establece entre las
Atribuciones y Responsabilidades del Secretario/a de
Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación,
la siguiente: “j) Expedir y suscribir los instrumentos
jurídicos necesarios en el cumplimiento de deberes y
obligaciones de la Secretaría de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación;”;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 934, de fecha 10 de
noviembre de 2011, el señor Presidente Constitucional de
la República, economista Rafael Correa Delgado, designó
a René Ramírez Gallegos como Secretario Nacional de
Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación,
mismo que fue ratif‌i cado en el cargo mediante Decreto
Ejecutivo No. 2 del 24 de mayo de 2013, publicado en el
Segundo Suplemento del Registro Of‌i cial No. 5 del 31 de
mayo de 2013;
Que el numeral 8.2 de la cláusula octava del Convenio
Específ‌i co de Cooperación Interinstitucional entre el
Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y la
Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación, establece que: “La administración del
convenio por parte de la Secretaría estará a cargo del
delegado que la máxima autoridad determine”; y,
Que es necesario designar un/a servidor/a de esta Cartera
de Estado como delegado/a permanente del señor
Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación, para la administración del Convenio
Específ‌i co de Cooperación Interinstitucional entre el
Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y la
Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e
Innovación.
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i eren el numeral
Acuerda:
Artículo 1.- Designar a la doctora Ana Lucía Ruano Nieto,
Subsecretaria de Investigación Científ‌i ca, como delegada
permanente del señor Secretario de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación, para la administración
del Convenio Específ‌i co de Cooperación Interinstitucional
entre el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y
la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología
e Innovación.
Artículo 2.- La doctora Ana Lucía Ruano Nieto será
responsable del cumplimiento de las atribuciones y
responsabilidades inherentes a la presente delegación.
Artículo 3.- Notifíquese con el contenido del presente
Acuerdo a la doctora Ana Lucía Ruano Nieto, Subsecretaria
de Investigación Científ‌i ca, así como al Municipio del
Distrito Metropolitano de Quito.
Artículo 4.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Dado, en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los
diecisiete (17) días del mes de febrero de 2016.
Notifíquese y publíquese.
f.) René Ramírez Gallegos, Secretario de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR,
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.-
Coordinación General de Asesoría Jurídica.- 23 de marzo
de 2017.- Firma: Ilegible.- Fiel copia del original que
reposa en el archivo de esta Coordinación.
Nro. 2016-163
Rene Ramírez Gallegos
SECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR,
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
Considerando:
Que el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador, determina que a las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: “Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión”;
Ecuador, señala que: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y
la ley.”;
del Ecuador, prescribe: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación.”;
Que el artículo 182 de la Ley Orgánica de Educación
Superior, publicada en el Registro Of‌i cial Suplemento
No. 298, de 12 de octubre de 2010, establece que: “La
Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación, es el órgano que tiene por objeto

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