Resoluciones 0016-IFTH-DE-2017. Deléguense funciones a la socióloga Rossana Paulina Caicedo Villavicencio, Asesora de la Dirección Ejecutiva
Número de Boletín | 979 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Instituto de Fomento al Talento Humano |
Jueves 6 de abril de 2017 – 35Registro Ofi cial Nº 979
52. Tutela Administrativa Nº 620-09, Resolución Nº
IEPI-DNDA-2014-355-R, de 29 de diciembre de
2014.
53. Tutela Administrativa Nº040-2013, Resolución Nº
043-2013- IEPI-GYE-DAyDC, de 10 de septiembre
de 2013.
54. Tutela Administrativa Nº 036-10, Resolución Nº
050-2012- IEPIG-TA-DAyDC, de 24 de agosto de
2012.
55. Tutela Administrativa Nº 028-2013, Resolución
Nº 023-2013- IEPI-GYE-DAyDC, de 8 de julio de
2013.
56. Tutela Administrativa Nº 027-2013, Resolución Nº
018-2013 IEPI-GYE-DAyDC, de 8 de julio de 2013.
57. Tutela Administrativa Nº 026-2013, Resolución Nº
024-2013- IEPI-GYE-DAyDC, de 8 de julio del
2013.
58. Tutela Administrativa Nº 025-2013, Resolución Nº
027-2013- IEPI-GYE-DAyDC, de 9 de julio del
2013.
59. Tutela Administrativa Nº 024-2013, Resolución Nº
026-2013- IEPI-GYE-DAyDC, de 9 de julio del
2013.
60. Tutela Administrativa Nº 021-2013, Resolución Nº
017-2013- IEPI-GYE-DAyDC, de 8 de julio del
2013.
61. Tutela Administrativa Nº 004-2013 / C66, Resolución
Nº 005-2013- G-TA-DAyDC-IEPI, de 20 de mayo de
2013.
62. Tutela Administrativa Nº 003-2013, Resolución Nº
004-2013- G-TA-DAyDC-IEPI, de 20 de mayo de
2013.
63. Tutela Administrativa Nº 023-2013, Resolución Nº
025-2013- IEPI-GYE-DAyDC, de 9 de julio del
2013.
64. Tutela Administrativa Nº 012-2013, Resolución Nº
009-2013- G-TA-DAyDC-IEPI, de 20 de mayo de
2013.
QUITO
65. Tutela Administrativa Nº1142-2014, Resolución Nº
IEPI-DNDA-2015-0190, de 27de marzo de 2015.
66. Tutela Administrativa Nº1131-2014, Resolución
Nº IEPI-DNDA-2015-0288-R, de 19 de octubre de
2015.
Artículo 2.- Disponer que el abogado Nelson Almeida
Luna, Experto Principal en Asesoría Jurídica, desempeñe
las funciones de servidor recaudador del IEPI en los
distintos procedimientos coactivos que se inicien por las
resoluciones arriba detalladas, acorde a lo establecido
en el artículo 2 del Reglamento que establece el
procedimiento de la acción coactiva por parte del Instituto
Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual -IEPI- quien,
a ese efecto, ejercerá las atribuciones que la normativa
vigente le concede para el ejercicio de la acción coactiva
y podrá designar al Secretario que actuará en cada uno de
los procedimientos, dentro del auto de pago o mediante
providencia.
Artículo 3.- En los procedimientos coactivos, el Experto
Principal en Asesoría Jurídica podrá solicitar auxilio a la
Policía Nacional para la recaudación de los valores que se
le adeudan al IEPI, en los términos previstos en el artículo
963 del Código de Procedimiento Civil en concordancia
con el primer inciso de la Disposición Transitoria del
Artículo 4.- Esta resolución entrará en vigor a partir de la
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Ofi cial.
Dado en Quito Distrito Metropolitano a, 05 de octubre
de 2016.
Por delegación del Director Ejecutivo,
f.) José Andrés Navarrete Mora, Director de Gestión
Institucional, Instituto Ecuatoriano de la Propiedad
Intelectual –IEPI.
INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL.- Certifi co que es fi el copia.- f.) Ilegible,
Experto Secretario Abogado General.- Quito, 09 de febrero
de 2017.
No. 0016-IFTH-DE-2017
Mgs. Susana Elizabeth Toro Orellana
DIRECTORA EJECUTIVA INSTITUTO DE
FOMENTO AL TALENTO HUMANO
Considerando:
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República
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