Acuerdo 009-2016 - Deróguense expresamente los acuerdos ministeriales Nos. 177 de 31 de agosto de 2011; 052-2012 de 03 de julio de 2012 y 048-2013 de 07 de agosto de 2013

Número de Boletín783-Primer Suplemento
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información
Fecha de la disposición12 de Mayo de 2016

El MINISTRO DE TElECOMUNICACIONES y DE lA SOCIEDAD DE lA INFORMACIÓN

Considerando:

Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República, confiere a las ministras y ministros de

Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo, así como la facultad de expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que, el artículo 227 de la Constitución de la República, establece que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

Que, el primer inciso del artículo 233 de la Constitución de la República, dispone: ·Ninguna servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y serán responsables administrativa, civil y penalmente por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos·;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales;

Que, el artículo 99 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, establece:

·MODALIDADES.- Los actos normativos podrán ser derogados o reformados por el órgano competente para hacerlo cuando así se lo considere conveniente. Se entenderá reformado tácitamente un acto normativo en la medida en que uno expedido con posterioridad contenga disposiciones contradictorias o diferentes al anterior…·;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 8 publicado en el Registro Oficial No. 10 de 24 de agosto de 2009, el Presidente de la República creó el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información;

Que, con Decreto Ejecutivo No. 448 publicado en el

Registro Oficial No. 350, de 08 de octubre de 2014, el

Presidente de la República nombró al ingeniero Augusto Espín Tobar, como Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información;

Que, mediante oficio No. MINTEL-CGAF-20130018-O de 31 de enero de 2013, el Coordinador General Administrativo Financiero del MINTEL, consultó a la Subsecretaria de Contabilidad Gubernamental del Ministerio de Finanzas, respecto del procedimiento para ingreso de los bienes que son adquiridos como parte de proyectos o programas financiados con recursos provenientes del Fondo para el Desarrollo de las Telecomunicaciones en áreas rurales urbano marginales FODETEL;

Que, con oficio No. MINFIN-SCG-2013-0150-O de 18 de febrero de 2013, la Subsecretaria de...

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