Acuerdo 1453 - Deróguese el Acuerdo Ministerial N° 1203 de 14 de marzo de 2016

Fecha de disposición20 Marzo 2017
Fecha de publicación20 Marzo 2017
Número de registro1453
SecciónAcuerdos
Número de Gaceta966
instrumentationAcuerdos
Lunes 20 de marzo de 2017 – 15Registro Of‌i cial Nº 966
de la Administración Pública Central e Institucional,
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por la
ley;
Que mediante acción de personal No. 001202 de fecha 1 de
junio de 2016, la Ministra de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, nombró como Coordinadora General de Asesoría
Jurídica a la doctora Andrea Vaca Peralta;
Que mediante Acuerdo Ministerial Nº 1266 de fecha 04 de
julio de 2016, la Ministra de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, delega a la Coordinadora General de Asesoría
Jurídica la suscripción de los Acuerdos Ministeriales para
la repatriación de los ciudadanos extranjeros privados
de libertad, previo el cumplimiento de los requisitos
correspondientes;
Que conforme consta de los informes técnicos que forman
parte del expediente, esta Cartera de Estado considera
que la repatriación del ciudadano español Javier Ernesto
Gimeno Cerdán, responde a motivos humanitarios
dado que la reunif‌i cación familiar, la convivencia en un
ambiente cultural, económico y social propio contribuirán
para una armónica y efectiva rehabilitación; y,
En ejercicio de las facultades que le conf‌i ere el artículo
Ecuador; 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva; 727 y 728 del
Código Orgánico Integral Penal; y, el Acuerdo Ministerial
Nº 1266 de fecha 04 de julio de 2016;
Acuerda:
Artículo 1.- Aceptar la solicitud de repatriación del
ciudadano español Javier Ernesto Gimeno Cerdán y
disponer que sea trasladado a un Centro de Rehabilitación
Social en territorio del Reino de España, donde cumplirá
el resto de su condena privativa de libertad.
Artículo 2.- Disponer a la Dirección de Asuntos
Internacionales del Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, realice todas las acciones tendientes
a la plena ejecución del presente Acuerdo así como
la notif‌i cación al Juez de Garantías Penitenciarias
competente, una vez que el ciudadano sea repatriado.
Artículo 3.- Entregar la custodia del ciudadano español
Javier Ernesto Gimeno Cerdán a las autoridades
competentes del Reino de España, que para el efecto
hubiere designado con miras al cumplimiento de dicho
traslado.
Artículo 4.- Notif‌i car con el presente Acuerdo Ministerial
al ciudadano español Javier Ernesto Gimeno Cerdán, al
Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana,
INTERPOL de Ecuador, al Viceministerio de Atención
de Personas Privadas de Libertad, a la Subsecretaría de
Rehabilitación, Social, Reinserción y Medidas Cautelares
Para Adultos del Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, así como a las Autoridades del Reino
de España, quienes prestarán las facilidades necesarias
para el cumplimiento inmediato de esta repatriación.
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 01 de
febrero de 2017.
f.) Dra. Andrea Vaca Peralta, Coordinadora General de
Asesoría Jurídica, Delegada de la Ministra de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos.
MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS
HUMANOS Y CULTOS.- Certif‌i co que la(s) foja(s) 1-5
es(son) f‌i el copia(s) del original del documento que reposa
en los archivos de la Dirección de Secretaría General.-
Fecha: 03 de febrero de 2017.- f.) Dra. Paola Carrera
Izurieta, Directora de Secretaría General, Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
MINISTERIO DE JUSTICIA,
DERECHOS HUMANOS Y CULTOS
No. 1453
Dra. Andrea Vaca Peralta
COORDINADORAGENERAL DE ASESORÍA
JURÍDICA, DELEGADA DE LA MINISTRA DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS
Considerando:
su artículo 1 señala que: “El Ecuador es un Estado
constitucional de derechos y justicia, social, democrático,
soberano, independiente, unitario, intercultural,
plurinacional y laico. Se organiza en forma de república
y se gobierna de manera descentralizada. La soberanía
radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la
autoridad, y se ejerce a través de los órganos del poder
público y de las formas de participación directa previstas
en la Constitución (…)”;
Que el artículo 11 de la Carta Magna establece que
el ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes
principios, y en su numeral 5 señala: “(…) en materia de
derechos y garantías constitucionales, las servidoras y
servidores públicos, administrativos o judiciales, deberán
aplicar la norma y la interpretación que más favorezcan
su efectiva vigencia.”;
el Ecuador dispone que corresponde a los Ministros
de Estado, en la esfera de su competencia, expedir las
normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para
la gestión ministerial;

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