Acuerdos 2017 008. Deróguese el Acuerdo Ministerial No. 2016039 de 06 de octubre de 2016

Número de Boletín986
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Turismo
Martes 18 de abril de 2017 – 9Registro Of‌i cial Nº 986
de Servicios de Salud a través de la Dirección Nacional de
Hospitales, a la Subsecretaría Nacional de Gobernanza de
la Salud, a través de la Dirección Nacional de Articulación
de la Red Pública y Complementaria de Salud y al Instituto
Nacional de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y
Células - INDOT.
Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 23 de
marzo de 2017.
f.) Dra. Verónica Espinosa Serrano, Ministra de Salud
Pública.
Es f‌i el copia del documento que consta en el archivo de la
Dirección Nacional de Secretaría General al que me remito
en caso necesario.- Lo certif‌i co en Quito, a 29 de marzo de
2017.- f.) Ilegible, Secretaría General, Ministerio de Salud
Pública.
No. 2017 008
Fernando Alvarado Espinel
MINISTRO DE TURISMO
Considerandos:
del Ecuador, establece lo siguiente: “…A las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión…”;
Ecuador, establece que: “…Las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley…”;
Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, establece lo
siguiente: “…Las atribuciones propias de las diversas
entidades y autoridades de la Administración Pública
Central e Institucional, serán delegables en las autoridades
u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se
encuentren prohibidas por Ley o por Decreto. La delegación
será publicada en el Registro Of‌i cial. Los delegados
de las autoridades y funcionarios de la Administración
Pública Central e Institucional en los diferentes órganos y
dependencias administrativas, no requieren tener calidad
de funcionarios públicos…”;
Que, el artículo 57 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, establece lo
siguiente: "...La delegación podrá ser revocada en
cualquier momento por el órgano que la haya conferido y
se extinguirá, en el caso de asuntos únicos, cuando se haya
cumplido el acto cuya expedición o ejecución se delegó...";
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 680 de 21 de mayo
de 2015, publicado en Registro Of‌i cial No. 521 de 12 de
junio de 2015 se constituye el Fondo de Capital de Riesgo,
con la f‌i nalidad de impulsar dentro del territorio nacional,
el desarrollo de emprendimientos innovadores, en su etapa
de aplicación productiva, de personas naturales y jurídicas
de derecho privado, a través de la prestación de servicios
de provisión de recursos monetarios en forma de capital de
riesgo, así como también servicios de apoyo y asistencia
técnica.
Que, el artículo 1 segundo párrafo, del decreto citado
determina que “ (…) El Fondo de Capital de Riesgo, se
instrumentara a través de un f‌i deicomiso mercantil (…)”.
Que, el artículo 2 del Decreto enunciado determina que la
Junta del Fideicomiso Mercantil estará conformada entre
otros por: “e) La máxima autoridad del Ministerio de
Turismo, o su delegado permanente; (…)”
Que, Mediante Escritura Pública de 12 de mayo de 2016,
celebrada en la Notaria Pública Décimo Séptima del Cantón
Quinto, se constituye la Junta de Fideicomiso, misma que
tiene entre sus atribuciones el aprobar y expedir las políticas
de inversión en proyectos, empresas ya constituidas, de
forma directa o , a través de f‌i deicomisos mercantiles, fondos
colectivos u otros negocios f‌i duciarios; y conocer y aprobar
la metodología, los reglamentos y los procedimientos para
Inversión de los recursos del Fideicomiso.
Por lo que en ejercicio de las atribuciones conferidas en
la Constitución de la República, el Estatuto de Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, y el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional de Procesos
del Ministerio de Turismo, la máxima autoridad;
Acuerda:
Artículo 1: Derogar el Acuerdo Ministerial No. 2016039,
de fecha 06 de octubre de 2016, a traves del cual se delega a
la Srta Marjorie Ivonne Cisneros Abad, como representante
del Ministerio de Turismo ante la Junta del Fideicomiso
Fondo de Capital de Riesgo.
Artículo 2: Disponer que el Sr. Gabriel Andrés Aulestia
Auz, en su calidad de Subsecretario de Mercado, Inversiones
y Relaciones Internacionales, conforme consta de la Acción
de Personal No. 1448 de fecha 20 de diciembre de 2016,
como DELEGADO permanente del Ministerio de Turismo,
a la Junta de Fideicomiso Mercantil perteneciente al Fondo
de Capital de Riesgo.
Artículo 3: Ratif‌i car lo actuado por Sr. Gabriel Andrés
Aulestia Auz, Subsecretario de Mercado, Inversiones y
Relaciones Internacionales, en la Junta de Fideicomiso
Mercantil perteneciente al Fondo de Capital de Riesgo de
fecha 24 de febrero de 2017.
Artículo 4: El delegado permanente responderá
directamente de los actos realizados en el ejercicio de la

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