Resoluciones 0087B-DIGERCIC-CGAJ-DPyN-2016. Deróguese la Resolución No. DIGERCIC-DNAJ-0173-2014 de 03 de febrero de 2015

Número de Boletín962
SecciónResoluciones
EmisorDirección General de Registro Civil Identificación y Cedulación
40 – Martes 14 de marzo de 2017 Registro Of‌i cial Nº 962
(Estatuto Orgánico por Procesos del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas) en su numeral 3.5, Procesos
Desconcentrados.- 3.5.1 Subsecretaría Zonal.- 3.5.1.1.
Proceso Gobernante, numeral 9, en concordancia con el
Art. 6 del Acuerdo Ministerial Nro. 007-2016, de fecha 17
de febrero de 2016. (Instructivo para normar los trámites
de las Organizaciones Sociales bajo la competencia del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas).
Resuelve:
Art. 1.- Conceder la personería jurídica propia de derecho
privado a la ORGANIZACIÓN DE CONSERVACION
VIAL “ZARUMA”, con domicilio en la Av. El Oro y 5ta.
Norte frente a las canchas Múltiples de la ciudadela El
Oro, de la parroquia Muluncay, Cantón Zaruma, provincia
de El Oro, Republica del Ecuador, teléfono 0940515341,
correo electrónico holgerandrese@gmail.com, por el lapso
de DIEZ (10) años a partir de la fecha de concesión de la
personería jurídica, pudiendo disminuirse por resolución
adoptada en Asamblea de Socios,
Art. 2.- Aprobar sin modif‌i car el texto del Estatuto de
la ORGANIZACIÓN DE CONSERVACION VIAL
“ZARUMA” a que se ref‌i ere el artículo precedente.
Art. 3.- Disponer que la ORGANIZACIÓN DE
CONSERVACION VIAL “ZARUMA”, una vez adquirida
la personalidad jurídica, elegirán su directiva def‌i nitiva, la
misma que tendrá una duración de CUATRO (4) AÑOS; y,
la remitirán mediante of‌i cio a conocimiento del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas (Subsecretaria Zonal
7), dentro del plazo de treinta (30) días para el registro
pertinente, adjuntando la documentación establecida en el
Art. 18, del Decreto 739, de fecha 3 de agosto de 2015, en
concordancia con el Art. 14 del Acuerdo Ministerial Nro.
007-2016 de fecha 17 de febrero de 2016 (Instructivo para
Normar los Trámites de las Organizaciones Sociales que
están bajo la competencia del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas), igual procedimiento se observará para
posteriores registros de Directivas.
Art. 4.- Disponer al funcionario encargado del custodio
de los archivos de las Organizaciones de Conservación
Vial de la Subsecretaria Zonal 7, registrar el expediente y
mantenerlo debidamente actualizado.
Art. 5.- La presente Resolución entrará en vigencia a
partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Of‌i cial.
Hágase conocer por escrito a los interesados, y se
proceda a su publicación en el Registro Of‌i cial a
través del funcionario encargado de las organizaciones
de conservación vial de la Subsecretaria Zonal 7.-
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.
Dado en la ciudad de Loja, a los 31 días del mes de enero
de 2017.
f.) Ing. Israel Villavicencio García, Subsecretaria Zonal 7.
No. 0087B-DIGERCIC-CGAJ-DPyN-2016
Ing. Jorge Troya Fuertes
DIRECTOR GENERAL DE REGISTRO CIVIL,
IDENTIFICACION Y CEDULACION
Considerando:
Que, mediante Decreto del Congreso de la República del
Ecuador, s/n, publicado en el Registro Of‌i cial No. 1252 de
29 de octubre de 1900, se estableció desde el 1 de enero de
1901, en la República el Registro Civil;
Que, se ha publicado en el Segundo Suplemento del
Registro Of‌i cial No. 684 de fecha 4 de febrero de 2016
Civiles, la misma que deroga la Ley de Registro Civil,
Identif‌i cación y Cedulación expedida mediante Decreto
Supremo 278 publicada en el Registro Of‌i cial No. 070 de
21 de abril de 1976;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 8 publicado
en el Registro Of‌i cial No. 10, de 24 de agosto
de 2009, la Dirección General de Registro Civil,
Identif‌i cación y Cedulación se adscribió al Ministerio de
Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, en cuyo
artículo 21 inciso segundo, se estableció: “La Dirección
General de Registro Civil, Identif‌i cación y Cedulación
será una entidad descentralizada y desconcentrada
administrativa y f‌i nancieramente, su representante legal
será el Director General”, quien podrá dictar la normativa
interna de carácter general;
Que, el 15 de agosto de 2013, mediante Acuerdo
Ministerial 049-2013, el Ministro de Telecomunicaciones
y de la Sociedad de la Información nombró al Ing. Jorge
Oswaldo Troya Fuertes como Director General de Registro
Civil, Identif‌i cación y Cedulación;
señala que:”Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en función de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias facultades que le
sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución.”;
Que, la Carta Magna, en su artículo 227, establece que:
“La administración pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de ef‌i cacia,
ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación.”;
Que, la Resolución No. DIGERCIC–DNAJ-00173-2014
contiene el Instructivo Interno de Gestión Documental
y Archivos de la Dirección General de Registro Civil,
Identif‌i cación y Cedulación, publicado en la Edición
Especial del Registro Of‌i cial No. 284 del 13 de marzo de
2015;
Que, mediante memorando No. DIGERCIC-CGAF.DA-
2016-1509-M, de fecha 15 de septiembre de 2016, el Ing.
Diego Dávila, Director Administrativo de la DIGERCIC,
con fundamento en el requerimiento formulado por la
Lcda. Sonia Heredia, Coordinadora de la Unidad de
Secretaría mediante Memorando No. DIGERCIC-DA.

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