Acuerdos 282. Transfiérese a los gobiernos autónomos descentralizados, mediante un solo desembolso, los recursos generados por el incremento de la aplicación del Modelo de Equidad Territorial del ejercicio fiscal 2013
Número de Boletín | 139 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio de Finanzas |
Fecha de la disposición | 30 de Agosto de 2013 |
EL MINISTERIO DE FINANZAS
Considerando:
Que el artículo 270 de la Constitución de la República del Ecuador establece que los Gobiernos Autónomos Descentralizados GAD generarán sus propios recursos financieros y participarán de las rentas del Estado de conformidad con los principios de subsidiariedad, solidaridad y equidad;
Que el artículo 295 de la Constitución de la República del Ecuador determina que hasta que se apruebe el presupuesto del año en que se posesiona la Presidenta o Presidente de la República, regirá el presupuesto anterior;
Que el artículo 1 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD, establece la organización político administrativa del Estado ecuatoriano en el territorio; el régimen de los diferentes niveles de gobiernos autónomos descentralizados y los regímenes especiales, con el fin de garantizar su autonomía política, administrativa y financiera;
Que, el artículo 188 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD, determina la participación de los gobiernos autónomos descentralizados de las rentas del Estado conforme a los principios de subsidiaridad, solidaridad y equidad tributaria;
Que, el artículo 192 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD, indica que los gobiernos autónomos descentralizados, participarán del veintiuno por ciento (21%) de ingresos permanentes y del diez por ciento (10%) de los no permanentes del Presupuesto General del Estado;
Que, el artículo 74 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas dispone que una de las atribuciones del Ministro a cargo del Ente Rector de las Finanzas Públicas es el organizar la gestión financiera de los organismos, entidades y dependencias del sector público, para lograr la efectividad en la asignación y utilización de los recursos públicos;
Que, la Asamblea Nacional del Ecuador aprobó el Presupuesto General del Estado para el año 2013 en un monto de USD32.366.825.840 el 23 de julio de 2013;
Que, el Acuerdo Ministerial 244 del 2 de agosto de 2013, acuerda la asignación de los recursos del Presupuesto General del Estado para el año 2013 a los Gobiernos Autónomos Descentralizados;
En uso de la atribución dispuesta en el número 6 del Artículo 74 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas,
Acuerda:
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