Acuerdo DM-2016-054 - Desígnese como Viceministro de Cultura y Patrimonio, al señor Juan Martín Cueva Armijos

Número de Boletín784
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Cultura y Patrimonio
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2016

Raúl Vallejo Corral

MINISTRO DE CULTURA Y PATRIMONIO

Considerando:

Que, el artículo 226 de la Constitución de la República prescribe: ·Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley.·;

Que, el artículo 151 de la Carta Magna preceptúa que las ministras y los ministros de Estado serán de libre nombramiento y remoción por la Presidenta o Presidente de la República, y lo representarán en los asuntos propios del ministerio a su cargo;

Que, el artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que: ·A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión·;

Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, señala: ·Los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales. Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del...

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