Resoluciones 016-NG-DINARDAP-2013. Resolución 016-NG-DINARDAP-2013 - Derógase la 'Norma que determina los registros mercantiles en que corresponde la inscripción de ciertos actos y contratos', publicada en el Registro Oficial No. 873 de 17 de enero de 2013

Número de Boletín949
SecciónResoluciones
EmisorDirección Nacional de Registro de Datos Públicos
Fecha de la disposición18 de Abril de 2013

EL DIRECTOR NACIONAL DE REGISTRO DE

DATOS PÚBLICOS

Considerando:

Que el artículo 20 de la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, con carácter de orgánica a partir de la reforma publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 843 de 3 de diciembre de 2012, determina: "Los registros mercantiles serán organizados y administrados por la Función Ejecutiva a través de la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos. La Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, dictará las normas técnicas y ejercerá las demás atribuciones que determina esta ley para la conformación e integración al sistema…";

Que el artículo 31 de la ley ibídem señala las atribuciones y facultades de la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, entre las cuales están: "1. Presidir el Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, cumpliendo y haciendo cumplir sus finalidades y objetivos; 2. Dictar resoluciones y normas necesarias para la organización y funcionamiento del sistema; (…) 4. Promover, dictar y ejecutar a través de los diferentes registros, las políticas públicas a las que se refiere esta Ley, así como normas generales para el seguimiento y control de las mismas; y,(…) 7. Vigilar y controlar la correcta administración de la actividad registral…";

Que mediante Resolución No. 022-NG-DINARDAP-2012, publicada en el Registro Oficial No. 873 de 17 de enero de 2013, la DINARDAP expidió la "Norma que determina los Registros Mercantiles en que corresponde la inscripción de ciertos actos y contratos", que conforme a la misma entró en vigencia a partir de su publicación;

Que la Norma mencionada constituye un acto normativo de autoridad competente, que goza de la presunción de legalidad; y que las reformas en sede administrativa, se efectuarán mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad de la que emanó el acto, conforme dispone el artículo 99 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva;

Que mediante Acuerdo Ministerial No. 0126 de 28 de febrero de...

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