Acuerdo DGAC-DGAC-2023-0001-A Rectifíquese el error de tipeo en el número de frecuencias de las rutas Quito – Santa Rosa y viceversa, y, Quito – Catamayo y viceversa

Fecha de publicación06 Marzo 2023
Número de Gaceta262
Lunes 6 de marzo de 2023Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 262
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ACUERDO Nro. DGAC-DGAC-2023-0001-A
BRIG (SP) WILLIAM BIRKETT MORTOLA
DIRECTOR GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
CONSIDERANDO
QUE, con Resolución No. 001/2013 de 24 de diciembre de 2013, el Consejo Nacional de Aviación
Civil, delegó al Director General de Aviación Civil, la facultad de resolver las solicitudes para
modificar o suspender temporalmente, las concesiones y permisos de operación otorgados por dicho
Organismo, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Reglamento de la materia;
QUE, mediante Acuerdo Nro. DGAC-DGAC-2022-0023-A de 14 de diciembre de 2022, el señor
Director General de Aviación Civil Subrogante, autorizó la modificación de la cláusula Segunda del
Artículo 1 de su permiso de operación del servicio de transporte aéreo público, doméstico, regular
de pasajeros, carga y correo, en forma combinada, otorgado mediante Acuerdo Nro. 009/2018 de 22
de marzo de 2018, haciendo constar en las rutas Quito – Santa Rosa y viceversa hasta cinco (12)
frecuencias semanales; y, Quito – Catamayo y viceversa hasta doce (14) frecuencias semanales,
siendo lo correcto: Quito – Santa Rosa y viceversa hasta doce (12) frecuencias semanales; Quito –
Catamayo y viceversa hasta catorce (14) frecuencias semanales;
QUE, el Código Orgánico Administrativo, en el artículo 133, contempla que “Los órganos
administrativos no pueden variar las decisiones adoptadas en un acto administrativo después de
expedido pero sí aclarar algún concepto dudoso u oscuro y rectificar o subsanar los errores de
copia, de referencia, de cálculos numéricos y, en general, los puramente materiales o de hecho que
aparezcan de manifiesto en el acto administrativo”;
QUE, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva dispone en el
artículo 98, que "Los errores de hecho o matemáticos manifiestos pueden ser rectificados por la
misma autoridad de la que emanó el acto en cualquier momento”;
QUE, en virtud del Decreto No. 102 de 13 de julio de 2021, se designó al señor Brig. (SP) William
Edwar Brikett Mórtola, como Director General de Aviación Civil; y,
En uso de sus facultades legales y reglamentarias,
ACUERDA
ARTÍCULO 1.- Rectificar el error de tipeo en el número de frecuencias de las rutas Quito – Santa
Rosa y viceversa, y, Quito – Catamayo y viceversa, constante en la cláusula segunda del
ARTÍCULO 1 del ACUERDO Nro. DGAC-DGAC-2022-0023-A de 14 de diciembre de 2022,
quedando dichas rutas y frecuencias de la siguiente manera:
Quito – Santa Rosa y viceversa hasta doce (12) frecuencias semanales;
Quito – Catamayo y viceversa hasta catorce (14) frecuencias semanales;
ARTÍCULO 2.- Salvo lo dispuesto en el artículo precedente, los demás términos y condiciones del
Acuerdo Nro. 009/2018 de 22 de marzo de 2018; 025/2019 de 07 de octubre de 2019; y, Acuerdo
Nro. DGAC-DGAC-2022-0023-A de 14 de diciembre de 2022, se mantienen vigentes.
ARTÍCULO 3.- Del cumplimiento del presente Acuerdo, encárguese a la Dirección General de
Aviación Civil, a través de los respectivos procesos institucionales.
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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