Decretos 1500. Ratifícase el Acuerdo Complementario al Acuerdo de Asistencia Jurídica Mutua en Asuntos Penales entre los Estados Partes del MERCOSUR y la República de Bolivia y la República de Chile, suscrito en la ciudad de Brasilia, el 5 de diciembre de 2012

Número de Boletín956
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
Fecha de la disposición29 de Abril de 2013

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que el "Acuerdo Complementario al Acuerdo de Asistencia Jurídica Mutua en Asuntos Penales entre los Estados Partes del MERCOSUR y la República de Bolivia y la República de Chile" fue suscrito en la ciudad de Brasilia, el 5 de diciembre de 2012;

Que el artículo 418 de la Constitución de la República establece que al Presidente de la República le corresponde suscribir o ratificar los tratados y otros instrumentos internacionales;

Que el Pleno de la Corte Constitucional, en Sesión Ordinaria de 5 de marzo de 2013, resolvió que el referido instrumento internacional no requiere de aprobación previa por parte de la Asamblea Nacional, ya que no se encasilla dentro de los casos que señala el artículo 419 de la Carta Magna;

Que en virtud del referido pronunciamiento, y de conformidad con el segundo inciso del artículo 418 de la Constitución de la República, mediante Oficio No. T6575- SNJ-13-224, de 5 de abril de 2013, se le notificó a la Asamblea Nacional del contenido del referido Acuerdo internacional; y,

En ejercicio de la facultad conferida por el número 10 del artículo 147 de la Constitución de la República,

Decreta:

Artículo Primero Ratifíquese el Acuerdo Complementario al Acuerdo de Asistencia Jurídica Mutua en Asuntos Penales entre los Estados Partes del MERCOSUR y la República de Bolivia...

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