DIR-053-2022 Apruébense las reformas a la Norma para el Proceso de Sustitución de Garantías

Fecha de publicación16 Septiembre 2022
Número de Gaceta150
Registro Ocial - Suplemento Nº 150
31
Viernes 16 de septiembre de 2022
REGULACIÓN DIR-053-2022
EL DIRECTORIO DE LA
CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL BANCA PÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 226 de la Constitución establece el principio de legalidad, mismo que señala: “Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas
que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les
sean atribuidas en la Constitución y la ley.”
Que, el artículo 2 del Decreto Ejecutivo 868, publicado en el Registro Oficial N° 676 de fecha 25 de enero
del 2016, con el que se reorganiza a la Corporación Financiera Nacional B.P., señala que dicha institución
es: “una entidad financ iera pública, dedicada al financiamiento del sector productivo de bienes y servicios,
así como proyectos de desarrollo en el ámbito nacional e internacional. Buscará estimular la inversión
productiva e impulsar el crecimiento económico sostenible, a través de apoyo financiero o no financiero a los
sectores productivos, de bienes y servicios; así como de proyectos que contribuyan a la mejora de la
competitividad nacional.”
Que, el numeral 12 del artículo 375 del Código Orgánico Monetario y Financiero, señala que es competencia
del Directorio: “Aprobar los reglamentos internos”.
Que, la Subgerencia General de Negocios,mediante memorando Nro. CFN-B.P.-SGNE-2022-0377-M de 23
de agosto de 2022, señala:
“Con la finalidad de que se incluya en el orden del día para conocim iento y aprobación del
Directorio, sírvase encontrar adjunto al presente la propuesta de modificación de la Política de
Operaciones Activas y Contingentes respecto a la sustitución de garantías.
La CFN B.P. a través de la Gerencia General y en coordinación con la Subgerencia General de
Negocios, velando por los intereses de la institución y tomando en cuenta la estrategia actual del
negocio enfocada en restaurar la cartera de crédito, y, debido al deterioro considerable que ha
sufrido la misma, pone a consideración la propuesta de flexibilizar las condiciones de sustitución
de garantías, este cambio normativo permitirá sustituir garantías hipotecarias por otras de la
misma categoría, lo que se traduce en que el cliente podrá obtener recursos frescos que mejoren
su flujo de caja y le permitirá cumplir con las obligaciones que mantienen actualmente con CFN
B.P.
Para el efecto, adjunto los informes emitidos por las Gerencias Jurídica, Gerencia de Riesgos y
Gerencia de Calidad que en su parte pertinente señalan lo citado a continuación:
Informe de la Gerencia de Riesgos (Memorando Nro. CFN-B.P.-GERI-2022-0502-M de fecha
17 de agosto de 2022):
“(…) Al respecto, me permito indicar que esta Gerencia no expone observaciones en contra de la
propuesta presentada por parte de la Subgerencia General de Negocios y emit e un
pronunciamiento favorable respecto a la reforma planteada, debido a que dichos cambios no se
contraponen con las políticas de administración integral de riesgos, siendo consistentes con la
estrategia de la institución, la cual está enfocada en restaurar la cartera de crédito. (…)”
Informe de la Gerencia Jurídica (Memorando Nro. CFN-B.P.-GEJU-2022-0522-M de fecha 17
de Agosto de 2022):

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