Acuerdos 0072. Acuerdo 72 - Dispónese la apertura total a la circulación de los vehículos de transporte terrestre de carga pesada de más de 3.5 toneladas, en el tramo Santa Rosa de Cusubamba - Redondel de Tababela y viceversa
Número de Boletín | 654 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio de Transporte y Obras Públicas |
Fecha de la disposición | 12 de Agosto de 2015 |
Ingeniero Walter Solís Valarezo
MINISTRO DE TRANSPORTE Y
OBRAS PÚBLICAS
Considerando:
Que, de acuerdo al artículo 154 de la Constitución de la República, a las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: "1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión.";
Que, mediante el artículo 314 de la Constitución de la República determina que el Estado será responsable de la provisión de los servicios públicos de agua potable y de riego, saneamiento, energía eléctrica, telecomunicaciones, vialidad, infraestructuras portuarias y aeroportuarias, y los demás que determine la ley;
Que, según lo determinado en el artículo invocado ut supra, el Estado garantizará que los servicios públicos y su provisión respondan a los principios de obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad y calidad;
Que, según el artículo 129 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomías y Descentralización (COOTAD), en lo que respecta al ejercicio de la competencia de vialidad, al gobierno central le corresponde las facultades de rectoría, normativa, planificación y ejecución del sistema vial conformado por las troncales nacionales y su señalización;
Que, de acuerdo al artículo 2 de la Ley de Caminos, todos los caminos estarán bajo el control del Ministerio de Obras Públicas (hoy Ministerio de Transporte y Obras Públicas), sin perjuicio de las obligaciones que, respecto de ellos, deban cumplir otras instituciones o los particulares;
Que, según el artículo 15 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, Ministro del Sector será el responsable de la rectoría general del sistema nacional de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial en coordinación con los GADS, expedirá el Plan Nacional de Movilidad y Logística del transporte y supervisará y evaluará su implementación y ejecución;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 067 de 16 de agosto de 2011, se acogió el proyecto "Nuevo Trazado de Acceso al Nuevo Aeropuerto Internacional de Quito", incorporándolo a la Red Vial Estatal (troncal nacional), de competencia del Ministerio de Transporte y Obras Públicas;
Que, mediante informe de 10 de marzo de 2015, el Subsecretario de Delegaciones y Concesiones del Transporte, recomendó al Despacho...
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