Resoluciones 153-2014 DE-IEPI. Resolución 153-2014 DE-IEPI - Dispónese que el Comité de Propiedad Intelectual realice la repartición equitativa de los expedientes que actualmente están sustanciándose y se encuentran en custodia de la Primera Sala

Número de Boletín442
SecciónResoluciones
EmisorInstituto Ecuatoriano de la propiedad Intelectual
Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2014

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO

ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD

INTELECTUAL -IEPI-

Considerando:

Que, mediante la Resolución No. CD-IEPI-09-238, de 14 de abril de 2009, el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual -IEPI-, aprobó la creación de la Segunda Sala del Comité de Propiedad Intelectual de la institución;

Que, en ejercicio de las atribuciones establecidas en los artículos 352, literal e), y 362 de la Codificación de la Ley de Propiedad Intelectual, y luego de un riguroso proceso de selección de postulantes llevado a cabo por la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación -SENESCYT-, el Consejo Directivo del IEPI emitió la Resolución No. 006-2014 CD-IEPI, de 22 de octubre de 2014;

Que, por medio de este acto administrativo, el Consejo Directivo resolvió aprobar el informe presentado por la SENESCYT, en relación con el referido proceso y el cumplimiento de requisitos legales de los postulantes, y designar al vocal principal de la Primera Sala, a los vocales principales de la Segunda y Tercera Salas, así como a los vocales suplentes del Comité de Propiedad Intelectual;

Que, en su artículo 6, la Resolución No. 006-2014 CDIEPI delegó a la SENESCYT y al IEPI el cumplimiento y ejecución de la decisión adoptada por el Consejo Directivo;

Que, de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 349, inciso primero, y 351, literal a), de la Codificación de la Ley de Propiedad Intelectual, el Director Ejecutivo del IEPI es el representante legal y el responsable directo de la gestión técnica, financiera y administrativa de la institución;

Que, acorde a la disposición contenida en su artículo 3, el Reglamento Interno del Comité de Propiedad Intelectual, Industrial y Obtenciones Vegetales del IEPI señala que las resoluciones que emita el comité sobre asuntos operativos y de organización de sus labores deben sujetarse a las políticas institucionales y a las disposiciones emitidas por el Director Ejecutivo de la institución;

Que, en el marco jurídico antes expuesto, resulta necesario adoptar los procedimientos internos que sean pertinentes para lograr el inmediato...

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