Resoluciones 153-2014 DE-IEPI. Resolución 153-2014 DE-IEPI - Dispónese que el Comité de Propiedad Intelectual realice la repartición equitativa de los expedientes que actualmente están sustanciándose y se encuentran en custodia de la Primera Sala
Número de Boletín | 442 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Instituto Ecuatoriano de la propiedad Intelectual |
Fecha de la disposición | 27 de Noviembre de 2014 |
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO
ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL -IEPI-
Considerando:
Que, mediante la Resolución No. CD-IEPI-09-238, de 14 de abril de 2009, el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual -IEPI-, aprobó la creación de la Segunda Sala del Comité de Propiedad Intelectual de la institución;
Que, en ejercicio de las atribuciones establecidas en los artículos 352, literal e), y 362 de la Codificación de la Ley de Propiedad Intelectual, y luego de un riguroso proceso de selección de postulantes llevado a cabo por la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación -SENESCYT-, el Consejo Directivo del IEPI emitió la Resolución No. 006-2014 CD-IEPI, de 22 de octubre de 2014;
Que, por medio de este acto administrativo, el Consejo Directivo resolvió aprobar el informe presentado por la SENESCYT, en relación con el referido proceso y el cumplimiento de requisitos legales de los postulantes, y designar al vocal principal de la Primera Sala, a los vocales principales de la Segunda y Tercera Salas, así como a los vocales suplentes del Comité de Propiedad Intelectual;
Que, en su artículo 6, la Resolución No. 006-2014 CDIEPI delegó a la SENESCYT y al IEPI el cumplimiento y ejecución de la decisión adoptada por el Consejo Directivo;
Que, de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 349, inciso primero, y 351, literal a), de la Codificación de la Ley de Propiedad Intelectual, el Director Ejecutivo del IEPI es el representante legal y el responsable directo de la gestión técnica, financiera y administrativa de la institución;
Que, acorde a la disposición contenida en su artículo 3, el Reglamento Interno del Comité de Propiedad Intelectual, Industrial y Obtenciones Vegetales del IEPI señala que las resoluciones que emita el comité sobre asuntos operativos y de organización de sus labores deben sujetarse a las políticas institucionales y a las disposiciones emitidas por el Director Ejecutivo de la institución;
Que, en el marco jurídico antes expuesto, resulta necesario adoptar los procedimientos internos que sean pertinentes para lograr el inmediato...
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