Acuerdos 002. Dispónese que el Ministerio de Defensa Nacional, traspase al MAGAP, la posesión de un predio rural, ubicado en la parroquia Tenguel, cantón Guayaquil

Número de Boletín989
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterios de Defensa Nacional y de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca
Viernes 21 de abril de 2017 – 31Registro Of‌i cial Nº 989
Ejecutivo No. 2 del 24 de mayo de 2013, publicado en
el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 5 del 31
de mayo de 2013;
Que mediante Acuerdo 2015-007, de fecha 26 de enero
de 2015, se designó al economista Juan Fernando
Reinoso Hidalgo, Gerente del Proyecto de Reconversión
de la Educación Técnica y Tecnológica Superior
Pública del Ecuador, como delegado del Secretario de
Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación
para la suscripción de todos los planos necesarios
para la legalización de los bienes inmuebles en los
distintos Gobiernos Autónomos Descentralizados, que
sean requeridos para la consecución de la dotación de
infraestructura física necesaria, para la implementación
del referido proyecto;
Que mediante Acuerdo 2016-164, de fecha 03 de
octubre de 2016, se designó al señor Andrés Valencia,
como delegado del Secretario de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación, para realizar todas
las funciones relativas a la planificación, dirección,
ejecución, seguimiento y control del Proyecto de
Educación Técnica y Tecnológica Superior Pública del
Ecuador; y,
Que mediante Memorando Nro. SENESCYT-SESCT-
2017-0005-MI, de fecha 10 de enero de 2017, Rene
Ramírez, Secretario de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación solicita que se realicen los
trámites correspondientes, a fin de que se contrate a
Andrés Alejandro Valencia como reemplazo del Gerente
del proyecto emblemático de “Reconversión de la
Educación Técnica y Tecnológica Superior Pública del
Ecuador” del 11 de enero hasta el 31 de diciembre de
2017.
En ejercicio de las atribuciones que le confieren el
numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la
Acuerda:
Artículo 1.- Designar al señor Andrés Alejandro
Valencia como Gerente del Proyecto Emblemático de
“Reconversión de la Educación Técnica y Tecnológica
Superior Pública del Ecuador” desde el 11 de enero de
2017.
Artículo 2.- El señor Andrés Alejandro Valencia será
responsable del cumplimiento de las atribuciones y
responsabilidades inherentes a la Gerencia del Proyecto
Emblemático de “Reconversión de la Educación Técnica
y Tecnológica Superior Pública del Ecuador”.
Artículo 3.- Derogar el Acuerdo No. 2015-007, de 26
de enero de 2015 y el Acuerdo No. 2016-164, de 03 de
octubre de 2016.
Artículo 4.- Notifíquese con el contenido del presente
Acuerdo al señor Andrés Alejandro Valencia así como
al Coordinador General Administrativo Financiero de la
Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e
Innovación.
Artículo 5.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Dado, en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los
once (11) días del mes de enero de 2017.
Notifíquese y publíquese.-
f.) René Ramírez Gallegos, Secretario de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR,
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.-
COORDINACIÓN GENERAL DE ASESORÍA
JURÍDICA.- 06 de marzo de 2017.- f.) Ilegible.- Fiel copia
del original que reposa en el Archivo de esta Coordinación.
ACUERDO INTERMINISTERIAL
N° 002
Felipe Vega De La Cuadra
VICEMINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
Javier Ponce Cevallos
MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA,
ACUACULTURA Y PESCA
Considerando:
Que el Ministerio de Defensa Nacional – Fuerza Terrestre
se encuentra en posesión hace aproximadamente veinte
años de un predio rural denominado “Bananera Antigua
Tenguel”, ubicado en la parroquia Tenguel, cantón
Guayaquil, de la provincia del Guayas, el inmueble se
encuentra bajo la administración y custodia de la Fuerza
Terrestre, y no cuenta con uso de índole militar;
la República del Ecuador, dispone lo siguiente: “A las
ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: “Ejercer la rectoría
de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión”.
Ecuador, determina que: “Las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”.

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