Acuerdo Dm-2017-005 Acógese La Recomendación De La Comisión Técnica Constante En El Acta No. 4 De 20 De Enero De 2017

Fecha de disposición19 Mayo 2017
Fecha de publicación19 Mayo 2017
Número de Gaceta1008
Viernes 19 de mayo de 2017 – 5Registro Of‌i cial Nº 1008
con presupuesto de proyecto de inversión y que de acuerdo
a las directrices emitidas por el Ministerio de Finanzas,
se compensará con un incremento de este mismo monto
en el techo de gasto permanente, destinado al pago de
personal. "
Vista la Hoja de Ruta generada el 12 de enero de 2017,
impresa del Sistema de Gestión Documental Quipux,
dirigido al señor Coordinador General de Planif‌i cación, el
señor Ministro de Cultura y Patrimonio indica: “Asunto:
“APROBACIÒN DE PAPP INSTITUCIONAL 2017” y
conforme se desprende de la nota marginal que señala:
“PROCEDER CONFORME A DELEGACIÒN Y SUS
ATRIBUCIONES”;
Visto el memorando Nro. MCYP-CGAF-2017-0051-M
de 19 de enero de 2017, el señor Guido Rivadeneira,
Coordinador General Administrativo Financiero solicitó
a la señora Coordinadora General de Asesoría Jurídica
lo siguiente: “Con el f‌i n de alcanzar los objetivos
establecidos dentro de la planif‌i cación institucional se
ha formulado el Plan Operativo Anual, a f‌i n de distribuir
de forma adecuada y planif‌i cada los recursos a ser
utilizados e invertidos en la Institución, de acuerdo a las
asignaciones realizadas por el Ministerio de Finanzas. //El
POA 2017 de gasto corriente, que consta como anexo, fue
elaborado tomando en cuenta los techos presupuestarios
dados por el Ministerio de Finanzas y mediante reuniones
de trabajo mantenidas con las áreas requirentes del
MCYP, se recogieron y priorizaron sus necesidades. //
Por lo expuesto, solicito disponer la elaboración de la
Resolución del Acuerdo Ministerial respectivo, aprobando
el presente documento, a f‌i n de cumplir con el trámite de
ley correspondiente.”
En ejercicio de las atribuciones legales, reglamentarias y
estatutarias,
Acuerda:
Artículo Primero.- Aprobar el Plan Operativo Anual
2017, de acuerdo a la matriz que contiene el Plan Operativo
Anual de Gasto Corriente e Inversión 2017 de esta Cartera
de Estado, que se anexa y que forma parte integrante del
presente acto administrativo.
Artículo Segundo.- Delegar al señor Coordinador General
Administrativo Financiero la implementación de todas las
acciones para la ejecución del Plan Operativo Anual y
la aprobación de las reformas que se necesite para dicha
ejecución, en cuanto a gasto corriente; y delegar al señor
Coordinador General de Planif‌i cación la implementación
de todas las acciones para la ejecución del Plan Operativo
Anual y la aprobación de las reformas que se necesite para
dicha ejecución, en cuanto a gasto de inversión.
Artículo Tercero.- El Plan Operativo Anual (POA), así
como sus reformas, serán publicadas en la página web de
la Institución, a f‌i n de dar cumplimiento a lo establecido
en el artículo 7 en concordancia con el artículo 1 de la
Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información
Pública.
Artículo Cuarto.- De la ejecución, publicación en el
Portal Institucional y seguimiento del presente Acuerdo
encárguese a la Coordinación General Administrativa
Financiera y a la Coordinación General de Planif‌i cación,
en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo Quinto.- Este Acuerdo Ministerial entrará en
vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, a 11
de enero de 2017.
f.) Raúl Vallejo Corral, Ministro de Cultura y Patrimonio.
MINISTERIO DE CULTURA Y PATRIMONIO.- En
calidad de Responsable de Documentación y Archivo del
Ministerio de Cultura y Patrimonio, doy fé de que es FIEL
COPIA de la COMPULSA de la COPIA que me fué presen-
tada.- f.) Abdón Carrillo, Responsable de Documentación
y Archivo.
Nº DM-2017-005
Raúl Vallejo Corral
MINISTRO DE CULTURA Y PATRIMONIO
Considerando:
Que el artículo 151 de la Carta Magna preceptúa que
las ministras y los ministros de Estado serán de libre
nombramiento y remoción por la Presidenta o Presidente
de la República, y lo representarán en los asuntos propios
del ministerio a su cargo;
República del Ecuador, establece que: “A las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión”;
Que el artículo 226 de la Norma Ibídem prescribe: “Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias,
las servidoras o servidores públicos y las personas
que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán
solamente las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley.”;
del Ecuador, dispone: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por

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