Acuerdos. Dm-2017-006 Apruébese Y Expídese La Norma Técnica Para La Entrega De Incentivos Económicos Para Movilización De Representaciones Nacionales En El Exterior

Número de Boletín1008
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Cultura y Patrimonio
8 – Viernes 19 de mayo de 2017 Registro Of‌i cial Nº 1008
Acto Administrativo; con todo lo cual se ha cumplido
las disposiciones legales y reglamentarias que norman la
contratación pública,
En ejercicio de las atribuciones constitucionales, legales
y reglamentarias,
Acuerda:
Artículo 1.- Acoger la recomendación de la Comisión
Técnica constante en el acta No. 4 de 20 de enero de
2017 y adjudicar el contrato dentro del procedimiento de
Licitación Obra signado con el código No. LICOBID-
MCYP-02-2016, para la REHABILITACIÓN DE
LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE LAS
ARTESal señor oferente ARING CONSTRUCCIONES
CIA. LTDA, con RUC No. 1791256832001 por un monto
de UN MILLÓN OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL
CIENTO CINUENTA Y DOS DÓLARES AMERICANOS
CON SETENTA CENTAVOS, (USD $1´821.152,70)
valor que no incluye IVA y un plazo de ciento veinte (120)
días a partir de la entrega del anticipo.
Artículo 2.- Ordenar a la Coordinación General Jurídica,
notif‌i que a la compañía ARING CONSTRUCCIONES
CIA. LTDA, con RUC No. 1791256832001, en la
persona de su representante legal señor Jaime Ramiro
Luna Lombeida, con el presente acto administrativo de
Resolución de Adjudicación, para la contratación de la
obra REHABILITACIÓN DE LA BIBLIOTECA DE
LA UNIVERSIDAD DE LAS ARTES”, procedimiento
LICOBID-MCYP-02-2016.
Artículo 3.- Ordenar a la Coordinación General Jurídica,
proceder con la elaboración del instrumento contractual
para la respectiva suscripción, posterior al cumplimiento
de las solemnidades y requisitos legales que determinan
las normas que rigen la contratación pública.
Artículo 4.- Disponer a la Dirección de Gestión
Administrativa, a través de la Unidad de Compras
Públicas, la publicación en el Portal Institucional del
SERCOP del presente Acuerdo.
Artículo 5.- En todo lo no previsto en esta Resolución, se
estará a lo dispuesto en las normas de la Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento
General y más normas de carácter administrativo dictadas
por el SERCOP.
Artículo 6.- De la ejecución y cumplimiento de esta
Resolución, encárguese, la Coordinación General Jurídica
y la Dirección de Gestión Administrativa.
Artículo 7.- Esta Resolución entrará en vigencia a partir
de la fecha de suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Portal Institucional SERCOP.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, en el
Despacho Ministerial el 23 de enero de 2017.
f.) Raúl Vallejo Corral, Ministro de Cultura y Patrimonio.
MINISTERIO DE CULTURA Y PATRIMONIO.- En
calidad de Responsable de Documentación y Archivo del
Ministerio de Cultura y Patrimonio, doy fé de que es FIEL
COPIA de la COMPULSA de la COPIA que me fué presen-
tada.- f.) Abdón Carrillo, Responsable de Documentación
y Archivo.
Nº DM-2017-00 6
Raúl Vallejo Corral
MINISTRO DE CULTURA Y PATRIMONIO
Considerando:
dispone que. “Las personas tienen derecho a: Construir
y mantener su propia identidad cultural, a decidir sobre
su pertenencia a una o varias comunidades culturales
y a expresar dichas elecciones; a la libertad estética; a
conocer la memoria histórica de sus culturas y a acceder a
su patrimonio cultural; a difundir sus propias expresiones
culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas
(…)”;
Que el artículo 22 de la Norma Suprema establece que
“las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad
creativa, al ejercicio digno y sostenido de las actividades
culturales y artísticas, y a benef‌i ciarse de la protección de
los derechos morales y patrimoniales que les correspondan
por las producciones científ‌i cas, literarias o artísticas de
su autoría”;
Que el artículo 151 de la Carta Magna preceptúa que
“las ministras y los ministros de Estado serán de libre
nombramiento y remoción por la Presidenta o Presidente
de la República, y lo representarán en los asuntos propios
del ministerio a su cargo (…)”;
Que el artículo 154 numeral 1 de la Norma Suprema,
establece que: “A las ministras y ministros de Estado,
además de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
Que el artículo 226 de la Norma Ibídem prescribe: “Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias,
las servidoras o servidores públicos y las personas
que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán
solamente las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley”;
Que el artículo 377 de la precitada Norma dispone que
“el Sistema Nacional de Cultura tiene como f‌i nalidad
fortalecer la identidad nacional; proteger y promover la
diversidad de las expresiones culturales; incentivar la libre

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