Acuerdos. Dm-2018-006 Corporación Cultural “etcetera” Con Domicilio En La Ciudad De Latacunga, Provincia De Cotopaxi

Número de Boletín242
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Cultura y Patrimonio
10 – Miércoles 16 de mayo de 2018 Registro Of‌i cial Nº 242
el artículo 227, ordena: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planif‌i cación, transparencia y evaluación.”;
Que el artículo 123 de la Ley Orgánica de Cultura establece
“Créase el Instituto de Fomento de las Artes, Innovación y
Creatividades, entidad pública encargada del fomento de
las artes, la innovación y la creatividad, con personería
jurídica propia y competencia nacional, adscrita al ente
rector de la Cultura y el Patrimonio, con capacidad de
gestión f‌i nanciera y administrativa”;
Que el artículo 98 del Reglamento General a la Ley
Orgánica de Cultura establece “De su directorio.- El
directorio del Instituto de Fomento de las Artes, Innovación
y Creatividad estará integrado de la siguiente manera:
1. El Ministro Cultura y Patrimonio o su delegado,
quien lo preside; 2. El Secretario de la SENESCYT o su
delegado; 3. El Ministro de Industrias y Productividad o
su delegado; 4. El Ministro de Telecomunicaciones y de la
Sociedad de la Información, o su delegado; 5. El director
ejecutivo del Instituto de Fomento de las Artes, Innovación
y Creatividad, quien actuará como secretario; con voz y
sin voto. Las resoluciones del directorio se adoptarán por
mayoría simple; en caso de empate, quien dirime será el
presidente del directorio. En caso de ausencia del Ministro
de Cultura y Patrimonio o su delegado, presidirá las
sesiones del directorio el Secretario de la SENESCYT o su
delegado.”;
Que el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva, en su parte
pertinente dispone: “(…) Las delegaciones ministeriales
a las que se ref‌i ere este artículo serán otorgadas por los
Ministros de Estado mediante acuerdo ministerial, el
mismo que será puesto en conocimiento del Secretario
Nacional de la Administración Pública y publicado en el
Registro Of‌i cial. El funcionario a quien el Ministro hubiere
delegado sus funciones responderá directamente de los
actos realizados en ejercicio de tal delegación.”;
Que el Ministerio de Cultura fue creado mediante Decreto
Ejecutivo No. 5, de 15 de enero de 2007, publicado en el
Registro Of‌i cial No. 22, de 14 de febrero del mismo año,
hoy denominado Ministerio de Cultura y Patrimonio,
de conformidad con el artículo 5 del Decreto Ejecutivo
No. 1507, de 08 de mayo de 2013, cuya misión radica
en fortalecer la identidad nacional y la interculturalidad;
proteger y promover la diversidad de las expresiones
culturales; incentivar la libre creación artística y la
producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y
servicios culturales; y salvaguardar la memoria social y el
patrimonio cultural, garantizando el ejercicio pleno de los
derechos culturales;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 8 de 24 de mayo
de 2017, el Presidente Constitucional de la República del
Ecuador Lenin Moreno, designó como Ministro de Cultura
y Patrimonio al señor Raúl Pérez Torres;
Que mediante Acuerdo Ministerial DM-2017-053 de 09 de
agosto de 2017, se expidió el Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos del Instituto de Fomento de
las Artes, Innovación y Creatividad;
En ejercicio de las atribuciones constitucionales, legales y
reglamentarias,
Acuerda:
Art. 1.- Delegar al Subsecretario de Emprendimientos,
Artes e Innovación, Gabriel Cisneros Abedrabbo, como
representante del Ministerio de Cultura y Patrimonio, de
acuerdo a lo previsto en el artículo 98 del Reglamento
General a la Ley Orgánica de Cultura.
Art. 2.- Disponer que el delegado actúe conforme a las
atribuciones, funciones y competencias establecidas en la
Ley Orgánica de Cultura y su Reglamento de aplicación y
demás norma aplicable.
Art. 3.- Ordenar al delegado, la presentación al Despacho
Ministerial, de informes mensuales sobre las acciones que
se deriven del ejercicio de esta delegación.
Art. 4.- Encargar al titular de la Coordinación General
Administrativa Financiera de esta Cartera de Estado, la
notif‌i
cación del contenido de este Acuerdo Ministerial
a la Secretaría General de la Presidencia, así como al
funcionario delegado.
Este Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir
de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Dado en el Despacho Ministerial, en la ciudad de Quito
Distrito Metropolitano, a 09 de enero de 2018.
f.) Raúl Alfredo Pérez Torres, Ministro de Cultura y
Patrimonio.
MINISTERIO DE CULTURA Y PATRIMONIO.-
Fiel copia del original.- f.) Ilegible, Documentación y
Archivo.
No. DM-2018- 006
Raúl Pérez Torres
MINISTRO DE CULTURA Y PATRIMONIO
Considerando:
establece que: “El Ecuador es un Estado constitucional
de derechos y justicia, social, democrático, soberano,
independiente, unitario, intercultural, plurinacional y
laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de
manera descentralizada”;
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