Dm-2018-022 Edgar Allan García Rivadeneira, Asesor 2

Número de Boletín246
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Cultura y Patrimonio
Martes 22 de mayo de 2018 – 5Registro Of‌i cial Nº 246
No. DM-2018-022
Raúl Pérez Torres
MINISTRO DE CULTURA Y PATRIMONIO
Considerando:
Que el artículo 151 de la Carta Magna preceptúa que:
las ministras y los ministros de Estado serán de libre
nombramiento y remoción por la Presidenta o Presidente
de la República, y lo representarán en los asuntos propios
del ministerio a su cargo (…)”;
Que el artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la
República del Ecuador, establece que: “A las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión”;
Que el artículo 226 de la Norma Ibídem prescribe: “Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las
servidoras o servidores públicos y las personas que actúen
en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley.”;
Que el artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público
establece que: “Serán servidoras o servidores públicos
todas las personas que en cualquier forma o a cualquier
título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo,
función o dignidad dentro del sector público”;
Que el artículo 30 de la precitada Ley, en concor-
dancia con los artículos 45, 46 y 47 de su Reglamento
General, norma la declaratoria en comisión de servicios con
remuneración al exterior de los servidores públicos;
Que el artículo 17 del Acuerdo No. MRL-2011-00051,
con el cual se expide el Reglamento para el pago de
viáticos, movilizaciones y subsistencias en el exterior para
las y los servidores y obreros públicos, publicado en el
Suplemento del Registro Of‌i cial No. 392, de 24 de febrero
de 2011, señala: “Las autorizaciones de viaje al exterior,
para cumplir tareas of‌i ciales o servicios institucionales
derivados de las funciones de un puesto de las servidoras,
servidores, obreras u obreros que laboren en entidades
de la Función Ejecutiva y de las entidades adscritas a
la misma, se las realizará a través del correspondiente
acuerdo o resolución, según sea el caso, previa autorización
de la Secretaría Nacional de la Administración Pública a
través del sistema informático para viajes al exterior de la
Presidencia. (…)”;
Que mediante of‌i cio Nro. SNAP-SNADP-2016-000148-O
de 16 de marzo de 2016, la Secretaría Nacional de la
Administración Pública, dispuso: “(…) a todas las
entidades que conforman la Administración Pública
central, institucional y que dependen de la Función
Ejecutiva (APCID), la ejecución y cumplimiento de las
siguientes políticas: (…) 3. Restringir las comisiones de
servicios al exterior. Se autorizarán exclusivamente cuando
las organizaciones anf‌i trionas f‌i nancien los costos totales
(pasajes, viáticos, inscripciones, entre otros gastos), a f‌i n
de que no representen erogación presupuestaria alguna
para el Estado. De forma excepcional, se podrán aprobar
viajes cuyo costo deba asumir el Estado debidamente
justif‌i cados y con la presentación posterior del informe de
benef‌i cios cuantif‌i cables para el Estado, aprobado por la
máxima autoridad institucional, conforme la normativa
expedida para el efecto. De igual forma, sin excepción, la
comisión de servicios podrá integrarse por máximo dos
personas por institución, tomando en consideración que de
requerir cualquier tipo de apoyo, debe ser coordinado con
las embajadas y consulados, dentro de su programación
presupuestaria (…)”;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 8 de 24 de mayo
de 2017, el Presidente Constitucional de la República
del Ecuador, nombró al señor Raúl Pérez Torres, como
Ministro de Cultura y Patrimonio;
Que mediante Decreto No. 135 de 01 de septiembre de
2017, publicado en el Registro Of‌i cial Suplemento N°. 76
de 11 de septiembre de 2017, se establecen: “Las Normas
de Optimización y Austeridad del Gasto Público” (…)
Artículo 15.- Viajes al exterior.- Los viajes al exterior
de los servidores públicos de la Función Ejecutiva
cuyo objetivo sea la participación en eventos of‌i ciales
y en representación de la institución o del Estado, serán
previamente calif‌i cados y autorizados por la Secretaría
General de la Presidencia de la República. En el caso de
las Empresas Públicas de la Función Ejecutiva, será la
máxima autoridad o su delegado, la que autorice los viajes
al exterior de sus servidores públicos de conformidad con
la dinámica del sector pero deberá informar sobre las
autorizaciones a la Secretaria General de la Presidencia.
La Secretaria General de la Presidencia en coordinación
con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad
Humana, emitirán la normativa para regular y autorizar
viajes internacionales del personal del servicio exterior”;
Que mediante memorando No. MCYP-MCYP-17-0398-M
de 21 de noviembre de 2017, el señor Ministro de Cultura
y Patrimonio, Raúl Pérez Torres, indicó al Encargado del
Plan Nacional de Promoción del Libro y la Lectura, Edgar
Allan García Rivadeneira, lo siguiente: “Considerando
que la Feria Internacional del Libro de Guadalajara es
la más importante del continente, resulta estrategíco (sic)
para este ministerio y su Plan Nacional de Promoción del
Libro y la Lectura, por lo tanto delego a los asesores Edgar
Allan García Rivadeneira y Jesús Antonio Correa Losada,
Director del Plan Nacional del Libro y la Lectura (PNLL)
y director de Ferias del Libro, para asistir, a dicho evento
que tendrá lugar del 25 de noviembre al 3 de diciembre
del año en curso, con el f‌i n de establecer los contactos
necesarios para los invitados a la FIL Quito 2018, y, así
mismo los contactos institucionales para establecer los
convenios previos de cooperación interinstitucional para
el PNLL.”;
Que mediante comunicación de noviembre de 2017, del
Coordinador General de Expositores, Armando Montes
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