Acuerdos. DM-2019-0197 Fundación Cultural LLACTAKUYAY

Número de Boletín89
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Cultura y Patrimonio
8 – Miércoles 27 de noviembre de 2019 Registro O cial Nº 89
Ministerio de Cultura y Patrimonio, la expedición del Acuerdo Ministerial para el otorgamiento de la personalidad jurídica a
favor de la Fundación Cultural Arte América”;
Que de conformidad al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional del Ministerio de Cultura y Patrimonio, al Ministro le
corresponde suscribir los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de los objetivos institucionales en el
marco de su competencia;
En uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias.
Acuerda:
Art. 1.- Aprobar el estatuto y otorgar la personalidad jurídica a la siguiente organización social:
Nombre: “Fundación Cultural Arte América”
Clasi cación: Fundaciones.
Domicilio: Barrio Chipoaló, Sector Ciclo Vía, Parroquia San Miguel, cantón Salcedo, Provincia de Cotopaxi.
Correo electrónico: barteamerica1803@hotmail.com
Fundadores:
Nombre Nacionalidad Nro. de documento de
identidad
Mónica Iveth Balarezo Vasco ecuatoriana 0502519796
Gloria Alexandra Balarezo Vasco ecuatoriana 1802884906
Katherine Michelle Balarezo Vasco ecuatoriana 1850155159
José Miguel Balarezo ecuatoriana 0500488457
Milton Geovanny Caluña Cordovilla ecuatoriana 1803054038
Abdón Isaías Fonseca Pinenla ecuatoriana 0502252265
Freddy Stalin Núñez Basante ecuatoriana 0502779226
Edwin Patricio Toapaxi Tenorio ecuatoriana 0503863417
Art. 2.- Ordenar a la organización social descrita en
el artículo 1, que en el plazo máximo de treinta (30)
días, remita mediante o cio dirigido a esta Cartera de
Estado, la documentación exigida en el “Reglamento
para el Otorgamiento de Personalidad Jurídica a las
Organizaciones Sociales”, que dé cuenta de la elección de
su directiva.
Art. 3.- Disponer a la organización social descrita en
el artículo 1, el cumplimiento irrestricto de su estatuto,
del “Reglamento para el Otorgamiento de Personalidad
Jurídica a las Organizaciones Sociales”; y, en general, de
las disposiciones legales aplicables y directrices emitidas
por el Ministerio de Cultura y Patrimonio. Cada período
de elección de la directiva, deberá ser registrado en esta
Cartera de Estado, para los nes legales que correspondan.
La organización social estará sujeta a los controles de
funcionamiento, de utilización de recursos públicos, de
orden tributario, patronal, aduanero, y otros, determinados
en las leyes especí cas sobre la materia, a cargo de las
entidades competentes. De igual manera, estará sujeta al
seguimiento de la consecución de su objeto social, a cargo
del Ministerio de Cultura y Patrimonio.
Para la solución de los con ictos y controversias internas,
los miembros de la organización social buscarán en primer
lugar, el diálogo como medio de solución conforme a sus
normas estatutarias. De persistir las discrepancias, podrán
optar por métodos alternativos de solución de con ictos; o,
a través del ejercicio de las acciones que el ordenamiento
jurídico les faculte ante la justicia ordinaria, sin perjuicio
del ejercicio de las competencias de control que ostenta
esta Cartera de Estado.
Art. 4.- Encargar la ejecución del presente instrumento
legal a la Coordinación General Jurídica.
Art. 5.- Este Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro O cial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 28 de
octubre de 2019.
f.) Juan Fernando Velasco Torres, Ministro de Cultura y
Patrimonio.
MINISTERIO DE CULTURA Y PATRIMONIO.- Fiel
copia del original.- f.) Ilegible, Documentación y Archivo.
Nro. DM-2019-0197
EL MINISTRO DE CULTURA Y PATRIMONIO
Considerando:
Que el numeral 13 del artículo 66 de la Constitución de
la República, establece: “Se reconoce y garantizará a
las personas: (...). 13. El derecho a asociarse, reunirse y
manifestarse en forma libre y voluntaria. (...)”;
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