La doctrina de las aclaraciones en Ecuador: normas y procedimientos

DETALLES
FECHA: 26-02-2024PROFESIONALES EN LA NOTICIA:–Maria Cecilia Romoleroux
MEDIO:– WTR Daily
WTR Daily publicó el artículo de nuestra socia Maria Cecilia Romoleroux, en el cual aborda las normas y procedimientos relacionados con la doctrina de las aclaraciones en Ecuador. En su artículo, Maria Cecilia afirma lo siguiente:
  • La doctrina de las aclaraciones limita los casos en los que los jueces de última instancia están obligados a solicitar una interpretación preliminar al Tribunal Andino de Justicia
  • En su análisis, señala que el artículo 33 del Tratado de Creación de la Corte de Justicia de la Comunidad Andina, el artículo 123 del Estatuto de la Corte de Justicia de la Comunidad Andina y la Resolución 14-2017 de la Corte Suprema del Ecuador determinan que los jueces de última instancia deben, en todos los casos en los que estén involucradas normas comunitarias andinas, remitir el caso al Tribunal Andino de Justicia para una interpretación perjudicial del contenido y alcance de las normas andinas en cuestión.Asimismo, explica que las Interpretaciones Prejudiciales N° 145-IP-2022, 261-IP-2022, 350IP-2022 y 391-IP-2022 reconocen que la doctrina de las aclaraciones es plenamente compatible con dicha consulta obligatoria, y concluyen que hay casos en los que el tribunal local no está obligado a solicitar una nueva interpretación si dichas reglas ya han sido interpretadas.
  • Se mantiene la obligatoriedad de consulta para interpretación prejudicial en cuatro casos
  • Maria Cecilia enfatiza que la obligatoriedad de consulta para interpretación prejudicial se mantiene en cuatro supuestos, que resume en los siguientes:
  • Cuando el Tribunal Andino de Justicia no haya emitido previamente una interpretación perjudicial de las normas andinas en litigio; esto incluye casos en los que las normas andinas han sido modificadas y no han sido sujetas a una interpretación preliminar;
  • Cuando, aunque ya hayan sido interpretadas determinadas normas andinas, otras aplicables al caso no lo hayan sido;
  • Si, aunque previamente se haya emitido una decisión prejudicial, el tribunal considera que el Tribunal Andino de Justicia debe aclarar, ampliar o modificar el criterio interpretativo jurídico, explicando las razones por las que considera que la interpretación existente no es clara, las circunstancias que deben tomarse en cuenta para ampliar la interpretación, o los argumentos que sustenten la necesidad de modificar la línea jurisprudencial resuelta a través de la decisión prejudicial sobre esta...
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